30/12/2025
Un poder es el acto por el cual una persona autoriza a otra a actuar en su nombre.
Según el alcance de las facultades otorgadas, existen distintas clases 👇
🔹 Poder de Administración:
Autoriza a realizar actos necesarios para la gestión y conservación de bienes.
👉 Ej.: cobrar alquileres, pagar impuestos, administrar cuentas.
👉 No permite vender ni gravar bienes.
🔹 Poder de Disposición
Habilita a realizar actos que afectan la titularidad o el destino del bien.
👉 Ej.: vender, donar, hipotecar o constituir derechos reales.
👉 Debe otorgarse en forma expresa y específica.
🔹 Poder General
Confiere facultades amplias para actuar en nombre del otorgante.
👉 Por regla, comprende actos de administración, no de disposición, salvo que se indiquen expresamente.
🔹 Poder Especial
Se otorga para uno o varios actos determinados.
👉 Ej.: venta de un inmueble, cobro de una suma específica, trámite puntual.
🔹 Poder para Juicios y Asuntos administrativos
Autoriza a abogados a representar al otorgante en procesos judiciales o administrativos.
🔹 Poder Irrevocable
No puede ser revocado unilateralmente cuando existe una causa legítima.
👉 Debe constar expresamente y fundarse en un interés del apoderado o de un tercero.
📌 Importante!!
Los actos de disposición y ciertos poderes deben otorgarse por escritura pública, conforme al Código Civil y Comercial.
Hablaremos más de esto en otro post!
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