20/01/2024
Muy importante para cualquier persona que estuviera trabajando antes de 1978. Tenéis en el post toda la información para recuperar el dinero cotizado doblemente. Enseñarlo a vuestros padres y abuelos.🙂
Hasta junio se puede solicitar la devolución del IRPF por doble cotización anterior al 31 de diciembre de 1978.
Para solicitar hasta junio la devolución del IRPF por la doble cotización anterior al 31 de diciembre de 1978. Muchas personas, antes del 31 de diciembre de 1978, realizaron una doble cotización. Es decir, a la Seguridad Social y a mutualidades laborales. Ahora, una sentencia del Tribunal Supremo (255/2023, Rec. Casación de 28 de febrero) reconoce que pueden recuperar parte de lo aportado.
Por un lado, están las personas que aportaron a las mutualidades laborales antes del 31 de diciembre de 1966. Esas personas podrán disfrutar de una reducción fiscal del 100 % por lo cotizado hasta esa fecha.
Y, por otro, quienes cotizaron entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978 podrán recuperar el 25 % de lo aportado.
Documentación necesaria para reclamar la devolución:
El modelo de la Agencia Tributaria adjunto, acompañado por:
1.- Vida Laboral (lo dan en el INSS, sin cita previa)
2.- Certificado de la TGSS (Solicitarlo en el INSS, sin cita previa)
3.- Certificado de Titularidad Bancaria (pedirlo en el banco)
4.- Copia del DNI
Se debe usar este formulario:
https://www.dropbox.com/scl/fi/0wqbs372e9b9awh3244cu/modelo-devolucion-IRPF.pdf?rlkey=jsac5hlkud1ok9lxc39999041&dl=0