Liderazgo y Conocimiento-

Liderazgo y Conocimiento- Capacitacion Contractual y Estatutaria para los integrantes del SNTSS.

LAS PRESTACIONES QUE OTORGA EL IMSS A SUS TRABAJADORES SE CLASIFICAN EN CUATRO TIPOS:I.- ECONÓMICAS,II.- EN ESPECIE.III....
31/08/2026

LAS PRESTACIONES QUE OTORGA EL IMSS A SUS TRABAJADORES SE CLASIFICAN EN CUATRO TIPOS:

I.- ECONÓMICAS,
II.- EN ESPECIE.
III.- SEGURIDAD SOCIAL y
III.- OBLIGACIONES PATRONALES.

I.- PRESTACIONES ECONÓMICAS.

Las prestaciones económicas son aquellas que se otorgan en efectivo al trabajador (adiciones al sueldo tabular de los trabajadores, pagadas por el Instituto en dinero), y se encuentran establecidas en el Contrato Colectivo de Trabajo.

De acuerdo a su naturaleza pueden ser:

1).- FIJAS: Las prestaciones repercuten de manera fundamental en incrementos adicionales al sueldo tabular. (ayuda de despensa, vacaciones, prima vacacional, aguinaldo, fondo de ahorro), o

2).-A SOLICITUD DEL TRABAJADOR: condicionadas a que exista suficiencia presupuestal ( préstamo hipotecario, préstamo para gastos de escrituración, anticipo a cuenta de sueldo, y préstamo para adquisición de automóvil):

I-1).- PRESTACIONES FIJAS:

Se asocian directamente a la categoría, servicio, tiempo adicional a la jornada establecida, días de descanso, adscripción, antigüedad, desempeño, asistencia y puntualidad.

Se clasifican en tres grandes rubros:

a) ASOCIADAS A LA PLAZA.
b) ASOCIADAS A LA LOCALIDAD Y OCUPANTE.
c) INHERENTES A LA CATEGORÍA, JORNADA O SERVICIO.

En nuestras siguientes publicaciones conoceremos, de acuerdo con esta clasificación, cuáles son y en qué consiste cada una de estas prestaciones, con el propósito de que puedas identificar, comprender y valorar los múltiples beneficios que nos corresponden como trabajadores.

Espero que los temas que hemos estado compartiendo despierten en cada uno de ustedes el interés por Conocer, Estudiar y ...
30/08/2026

Espero que los temas que hemos estado compartiendo despierten en cada uno de ustedes el interés por Conocer, Estudiar y Comprender las Bases y Principios del Sindicalismo, porque hoy, más que nunca, necesitamos trabajadores y representantes sindicales que sepan sus derechos y cómo defenderlos.

No permitamos que nuestro Contrato Colectivo de Trabajo ni nuestros Estatutos se conviertan en letra mu**ta. Porque un derecho que no se conoce, no puede exigirse, y deja de aprovecharse.

Para ello, es fundamental difundir el conocimiento entre todos nuestros compañeros y hacer del estudio de nuestros documentos sindicales una herramienta cotidiana.

Para continuar con esta serie de temas y contribuir a que cada trabajador conozca, comprenda y ejerza sus derechos, hoy compartimos un tema fundamental para nuestra vida laboral, relacionado con las: “PRESTACIONES QUE OTORGA EL IMSS A SUS TRABAJADORES”.

Porque conocer nuestras prestaciones no es únicamente saber que existen; es comprender a qué corresponden, quiénes tienen derecho a recibirlas y en qué condiciones pueden hacerse efectivas, lo que nos permitirá utilizarlas debidamente, evitando que se pierdan por desconocimiento.

Quizá exista alguna prestación que te corresponda y que aún no la conoces a profundidad. Por ello, te invitamos a leer con atención y analizar la información, para que tengas la capacidad de hacerla valer.

PRESTACIONES QUE OTORGA EL IMSS A SUS TRABAJADORES. (I):

Son las percepciones de carácter legal y contractual que recibe el trabajador de manera adicional a su sueldo tabular y a los estímulos que le correspondan, de acuerdo con el grupo jerárquico al que pertenece.

Estas PRESTACIONES SE CLASIFICAN EN CUATRO TIPOS:

I.- ECONÓMICAS,
II.- EN ESPECIE.
III.- SEGURIDAD SOCIAL y
III.- OBLIGACIONES PATRONALES.

EL LIDERAZGO SINDICAL Y LA SALUD MENTAL EN EL TRABAJO.En los últimos años, la SALUD MENTAL EN EL TRABAJO ha adquirido un...
21/08/2026

EL LIDERAZGO SINDICAL Y LA SALUD MENTAL EN EL TRABAJO.

En los últimos años, la SALUD MENTAL EN EL TRABAJO ha adquirido una relevancia cada vez mayor dentro de los Sistemas de Seguridad y Salud Laboral.

Organismos internacionales, como la Organización Mundial de la Salud (OMS), han manifestado que el bienestar psicológico está estrechamente relacionado con promover la salud mental en los centros de trabajo lo cual implica generar entornos laborales saludables, seguros, respetuosos y favorables para el bienestar integral de las personas trabajadoras.

Actualmente el LIDERAZGO SINDICAL desempeña un papel fundamental en la PROMOCIÓN Y CONSTRUCCIÓN de dichos entornos laborales, especialmente en instituciones del sector salud, donde las exigencias profesionales, la carga de trabajo y la responsabilidad hacia los pacientes, pueden alterar el bienestar de las personas trabajadoras.

El liderazgo sindical actualmente ya no se limita solo a la representación y defensa de los derechos laborales. Su cercanía permanente con las y los trabajadores, así como el conocimiento directo de sus condiciones reales de trabajo, le permiten identificar de manera oportuna las situaciones que afectan el bienestar físico, emocional y psicológico.

En este sentido, el liderazgo sindical no debe limitarse a identificar factores de riesgo ni a reaccionar ante los conflictos una vez que se presentan, sino que debe de asumir un papel preventivo, participativo y propositivo, dirigido a promover acciones de atención oportuna y a fortalecer el diálogo entre las personas trabajadoras y la institución.

La funcion del liderazgo sindical debe de dar prioridad a la gestión institucional de soluciones, tiene que canalizar las necesidades y preocupaciones del personal hacia las instancias correspondientes,
debe de participar activamente en la mejora de las condiciones laborales y contribuir al cumplimiento de las disposiciones y normativas relacionadas con la seguridad, la salud y el bienestar psicosocial.

En conclusión, el liderazgo sindical no solo contribuye a proteger la salud mental y el bienestar integral de las personas trabajadoras, sino que también favorece un mejor clima organizacional, fortalece las relaciones laborales y puede repercutir positivamente en la calidad y eficiencia de los servicios.

Apostar por un liderazgo sindical con enfoque psicosocial; es una condición necesaria para construir organizaciones más humanas, saludables y eficientes, donde la protección de las personas trabajadoras sea un elemento esencial para alcanzar mejores resultados institucionales.

19/08/2026

CREDENCIALIZACIÓN Y UNIVERSALIZACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SALUD.

La Credencialización y la Universalización de los Servicios de Salud está dirigida a toda la población mexicana, independientemente de que sea derechohabiente del IMSS, ISSSTE, IMSS-Bienestar o incluso que actualmente no cuente con Seguridad Social.

La meta es que, gradualmente, una persona pueda recibir atención médica en cualquier Institución Pública de Salud, independientemente de dónde esté afiliada.

Este nuevo Sistema Universal de Salud constara de lo siguiente:

• Una Credencial Única de Salud.
• Expediente Clínico Electrónico compartido.
• Intercambio de Servicios Médicos entre Instituciones.
• Atención en cualquier Unidad disponible según la Capacidad resolutiva.

Podran obtener la nueva Credencial del Servicio Universal de Salud los:

• Trabajadores afiliados al IMSS.
• Pensionados y Jubilados.
• Derechohabientes del ISSSTE.
• Personas atendidas por IMSS-Bienestar.
• Usuarios de los Servicios Estatales de Salud.
• Personal y derechohabientes de los Servicios Médicos de las Fuerzas Armadas.
• Personas sin Seguridad Social.
• Menores de edad (a través de sus padres o tutores).

Los trabajadores activos, jubilados y sus beneficiarios continuarán siendo derechohabientes del IMSS, pero con la universalización podrán acceder mediante mecanismos de coordinación entre instituciones a determinados servicios de salud cuando así lo establezca el modelo de atención y exista disponibilidad de servicios.

La implementación se realiza de forma progresiva y depende de:

• La capacidad operativa de cada estado o región.
• La infraestructura hospitalaria disponible.
• La coordinación entre autoridades federales, estatales y sindicales.

De acuerdo con la información oficial difundida hasta ahora, la operación de la credencialización y del servicio universal de salud está prevista por etapas, a partir de:

• 2026: Credencialización y Registro Nacional de la Población que en su primera etapa será para los Adultos Mayores y Personas con Discapacidad.
• 2027: Inicio de la Atención Universal para urgencias, embarazos de alto riesgo, infartos, algunos tratamientos especializados y vacunación.
• 2028: Ampliación a recetas, consultas de especialidad y atención de enfermedades crónicas.

Ambas acciones reflejan la necesidad de modernizar los procesos institucionales, mejorar la atención a los usuarios y garantizar el derecho a la salud mediante servicios más accesibles, organizados y eficientes.

En términos prácticos, la universalización pretende que la atención médica dependa de la necesidad del paciente y no de la institución a la que esté afiliado.

LOS 7 TIPOS DE DESCANSO.Descansar no significa únicamente dormir. Nuestro cuerpo, mente y emociones necesitan diferentes...
19/08/2026

LOS 7 TIPOS DE DESCANSO.

Descansar no significa únicamente dormir. Nuestro cuerpo, mente y emociones necesitan diferentes formas de recuperación para mantener un equilibrio saludable.

1. DESCANSO FÍSICO 🛌
Permite recuperar el cuerpo después del esfuerzo. Incluye dormir bien, hacer pausas durante el día, relajarse y realizar actividades suaves.

2. DESCANSO MENTAL 🧠
Ayuda a disminuir el cansancio causado por pensamientos, preocupaciones y exceso de información. Desconectarse por unos minutos, respirar y hacer pausas mentales también es descansar.

3. DESCANSO SENSORIAL 👀
Reduce la sobrecarga provocada por pantallas, ruido, luces, notificaciones y estímulos constantes. Alejarse de estos estímulos permite que el cerebro se recupere.

4. DESCANSO CREATIVO 🎨
Permite recuperar la inspiración y la capacidad de imaginar. Disfrutar de la música, la naturaleza, el arte o simplemente cambiar de actividad puede estimular nuevamente la creatividad.

5. DESCANSO EMOCIONAL ❤️
Consiste en tener espacios para reconocer, expresar y liberar nuestras emociones. Hablar con alguien de confianza, poner límites y permitirnos sentir también es una forma de descansar.

6. DESCANSO SOCIAL 🤝
No todas las relaciones nos hacen sentir igual. Este descanso consiste en alejarnos de ambientes o personas que generan agotamiento y acercarnos a quienes nos brindan tranquilidad, apoyo y bienestar.

7. DESCANSO ESPIRITUAL 🌿
Es encontrar momentos de paz, propósito y conexión con aquello que da sentido a nuestra vida. Puede lograrse mediante la reflexión, la meditación, la oración, la naturaleza o el contacto con nuestros valores.

💛 RECUERDA:
Identifica qué tipo de descanso necesitas para recuperarte.
Descansar es cuidar de ti.

6 RAZONES POR LAS QUE DEBES APAGAR TU COMPUTADORA SI NO LA USAS.1.- AHORRA ENERGÍA: Aunque la computadora este en modo d...
18/08/2026

6 RAZONES POR LAS QUE DEBES APAGAR TU COMPUTADORA SI NO LA USAS.

1.- AHORRA ENERGÍA: Aunque la computadora este en modo de reposo o hibernación consume menos electricidad, pero todavía requiere una cantidad considerable. Al apagarla evitas un consumo eléctrico innecesario cuando no estás utilizando el equipo.

2.- PROLONGA SU VIDA ÚTIL: Apagarla permite que sus componentes descansen y puede contribuir a reducir el desgaste, lo que puede prolongar la vida útil del equipo, además de que se disminuye la posibilidad de daños ante variaciones o interrupciones eléctricas.

3.- MEJORA SU RENDIMIENTO: Los reinicios y apagados permiten liberar memoria y cerrar procesos que pueden quedarse ejecutándose innecesariamente, lo que permite mejorar el rendimiento.

4.- SEGURIDAD Y ACTUALIZACIONES: Apagar o reiniciar la computadora ayuda a cerrar procesos y programas de manera segura, así como a instalar automáticamente software o parches de seguridad.

5.- PREVENCIÓN DE PROBLEMAS TÉCNICOS: Al permanecer encendida durante largos periodos, puede acumular calor, especialmente si la ventilación no es adecuada que puede llevar a varios problemas técnicos, fallas en el sistema o pérdida de información.

6.- REDUCCIÓN DE DISTRACIONES: Una computadora apagada no queda expuesta a conexiones o actividades no autorizadas, invasión de malware malicioso, ciberataque o infección informática que afectan el equipo, tu seguridad o mentalidad.

Apagarla cuando no la necesitas es un pequeño hábito que ayuda a cuidar tu equipo, ahorrar energía y proteger tu información.

LA JUBILACIÓN DE UN TRABAJADOR NO LE HACE PERDER LA CALIDAD DE MIEMBRO SINDICALIZADO.Para permanecer como miembro de un ...
17/08/2026

LA JUBILACIÓN DE UN TRABAJADOR NO LE HACE PERDER LA CALIDAD DE MIEMBRO SINDICALIZADO.

Para permanecer como miembro de un sindicato de trabajadores NO SE REQUIERE, necesariamente ser un TRABAJADOR EN ACTIVO, ya que este carácter no desaparece porque la relación de trabajo haya concluido, en definitiva.

Ninguna disposición de la Ley Federal del Trabajo establece que un trabajador, a partir de que obtiene la jubilación, deja de fungir como miembro del sindicato de que se trate, ya que esto solo puede ocurrir en TRES CASOS: por RENUNCIA, MUERTE o EXPULSIÓN DEL TRABAJADOR. Por lo tanto, el trabajador que obtiene la jubilación, NO PIERDE LA CALIDAD DE SINDICALIZADO (ni sus prestaciones, ni sus derechos).

Los Estatutos del SNTSS no establecen que la jubilación sea causa de pérdida de la calidad de miembro del Sindicato. Por el contrario, el propio SNTSS reconoce documentalmente la existencia de “sindicalizados en activo, jubilados y pensionados”, mientras que el CCT 2025-2027 mantiene expresamente derechos y prestaciones para jubilados y pensionados, particularmente mediante la Cláusula 110 y el Régimen de Jubilaciones y Pensiones incorporado al propio Contrato.

Además de que tanto la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus principios de JUSTICIA SOCIAL, como el artículo 356 de la Ley Federal del Trabajo (LFT) establecen que la jubilación es un DERECHO ADQUIRIDO, lo que significa que una vez obtenido, no se puede quitar, disminuir, ni eliminar, PERMANECIENDO en favor de QUIEN REALIZÓ durante un tiempo prolongado su trabajo y recibió con posteridad su jubilación, por lo que el SINDICATO al que este afiliado queda obligado a AMPARAR SUS DERECHOS Y SU TUTELA.

De acuerdo con todo lo anterior los compañeros JUBILADOS miembros del SNTSS, no tienen por qué NEGARLES SUS DERECHOS como el de poder obtener una PROPUESTA de trabajo para sus familiares, el participar en festejos y sorteos, etc, pero no solo eso, el sindicato debería concederles el DERECHO DE VOTAR en la elección de los comités seccionales y nacional, ya que esta negativa más que un ATROPELLO, ES UNA ILEGALIDAD como lo indica la Ley referida.

Por otra parte el Artículo 899-D de la Ley Federal del Trabajo establece legalmente que si existe algún conflicto en el que se pretende negar a un trabajador pensionado o asegurado algún beneficio, EL ORGANISMO TIENE LA OBLIGACIÓN LEGAL DE DEMOSTRAR Y JUSTIFICAR LAS CAUSAS DE SU DETERMINACIÓN, eximiendo al jubilado de aportar pruebas para acreditar su derecho, sin perjuicio de que, si considera conveniente, puede aportar los elementos que estime pertinentes para fortalecer las circunstancias de su caso.

Esto significa que, ante una controversia, el pensionado no tiene la responsabilidad de presentar información que se encuentra bajo resguardo del propio organismo (instituto, sindicato). Si este no exhibe la documentación que legalmente debe conservar, la ley establece que podrán presumirse como ciertos los hechos alegados por el trabajador.

En otras palabras: cuando el organismo de seguridad social o el sindicato niegan o controvierten un derecho pensionario, deben respaldar su postura con la documentación y las pruebas que legalmente corresponden.

SALDO ACUMULADO EN LA AFORE:Esta pensión corresponde al Régimen 97 que obedece exclusivamente al Saldo Acumulado en la A...
12/08/2026

SALDO ACUMULADO EN LA AFORE:

Esta pensión corresponde al Régimen 97 que obedece exclusivamente al Saldo Acumulado en la Afore (Fondo de Ahorro para el Retiro), bajo este régimen existen 2 modalidades por la que las y los trabajadores se pueden pensionar:

A) RENTA VITALICIA:

La Renta Vitalicia es una de las modalidades de pensión para los trabajadores del IMSS que se pensionan por la Ley del Seguro Social (AFORE).

- El FONDO DE AHORRO ACUMULADO en el SAR 92-97 (que incluye SAR IMSS 92-97 y SAR INFONAVIT 92-97), Afore 97 a la fecha de retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez, cuota social, INFONAVIT 97 (si no tuvo un crédito de vivienda) NO SE ENTREGA al jubilado todo se canaliza al pago de la pensión.

- Es una pensión que SE CONTRATA con una ASEGURADORA (el IMSS informara qué Aseguradoras prestaran este servicio).

La aseguradora se compromete a pagarte una pensión mensual de por vida, sin importar cuántos años vivas, la cual se ajusta proporcionalmente a la inflación y proporciona anualmente aguinaldo.

Debe contratarse un Seguro de Sobrevivencia, para que los beneficiarios legales (viuda(o), hijos u otros con derecho) puedan recibir la pensión correspondiente en caso de fallecimiento del pensionado.

Ejemplo sencillo: Supongamos que al momento de pensionarte tienes:

• Saldo en la AFORE: $3,500,000
• Edad: 65 años.

La aseguradora calcula que con ese capital puede otorgarte una pensión, por ejemplo, de $18,000 mensuales, actualizada cada año por inflación.

Aunque vivieras 90, 95 o 100 años, la aseguradora seguirá pagando esos $18,000 mensuales (más las actualizaciones por inflación). Si falleces antes, la aseguradora continúa pagando la pensión que corresponda a tus beneficiarios conforme al Seguro de Sobrevivencia.

Ventajas:

• Pago garantizado de por vida.
• Protección contra el riesgo de vivir muchos años.
• Incremento anual por inflación y aguinaldo.
• Protección para los beneficiarios mediante el Seguro de Sobrevivencia.

Desventajas:

• Una vez contratada, ya no puede cambiarse a Retiro Programado.
• El dinero de la AFORE deja de estar en tu cuenta porque se utiliza para comprar la renta vitalicia.
• Generalmente no puedes disponer libremente del capital restante, ya que éste financia la pensión vitalicia.

B) RETIRO PROGRAMADO:

- Es una pensión que SE CONTRATA CON LA AFORE en la que estes registrado.

- SE LE ENTREGA al jubilado el SAR 92-97 (que incluye SAR IMSS 92-97 y SAR INFONAVIT 92-97) mientras que el Afore 97 a la fecha de retiro, Cesantía en edad avanzada y vejez, cuota social, INFONAVIT 97 (si no tuvo un crédito de vivienda) se CANALIZA AL PAGO DE LA PENSIÓN.

- El MONTO DE LA PENSIÓN dependerá del saldo del fondo de ahorro acumulado en la cuenta AFORE, de los rendimientos que se obtengan y de la esperanza de vida que se le calcule al jubilado. Mientras exista saldo, los recursos continúan invertidos y generando rendimientos.

- A diferencia de una Renta Vitalicia que paga una pensión de por vida, la de Retiro Programado se recibe hasta que se AGOTEN LOS RECURSOS de la cuenta AFORE.

- En el Retiro Programado no siempre se va a recibir la misma cantidad porque la pensión se RECALCULA CADA AÑO con los recursos que van quedando, no proporciona aguinaldo.

- El jubilado debe comprar un Seguro de Sobrevivencia para que en caso de su fallecimiento los familiares puedan RETIRAR LOS RECURSOS QUE NO SE USARON para la pensión.

Ejemplo: Un trabajador se pensiona a los 65 años con un saldo de $3,000,000 en su AFORE.

• La AFORE calcula una pensión inicial, por ejemplo, de $16,500 mensuales.
• Después de un año, revisa el saldo restante, los rendimientos obtenidos y la esperanza de vida.
• Como resultado, la pensión puede aumentar, mantenerse o disminuir.
• El proceso se repite cada año hasta que se agoten los recursos de la cuenta.

¿Para quién es recomendable?.

El Retiro Programado puede ser conveniente para trabajadores que:

• Cuentan con un saldo elevado en su AFORE.
• Desean que sus recursos sigan generando rendimientos.
• Aceptan que el monto de la pensión pueda variar.
• Comprenden que el pago depende del saldo disponible en la cuenta individual.

Importante: Antes de elegir entre Retiro Programado y Renta Vitalicia, es recomendable solicitar una proyección de ambas modalidades. La decisión debe basarse en el saldo acumulado, la edad, las necesidades económicas, la expectativa de vida y la protección que se desea brindar a los beneficiarios.

TIPOS DE JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES IMSS.El SNTSS ha pactado a través de los años diversas modificaciones en las...
02/08/2026

TIPOS DE JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES IMSS.

El SNTSS ha pactado a través de los años diversas modificaciones en las características del Régimen de Jubilaciones y Pensiones lo que ha motivado cuatro tipos de clasificaciones o reglamentos aplicables según la fecha de ingreso del trabajador:

a).- Régimen Inicial o Anterior: opero de 1966 al 15 de marzo 1988.

b).- Régimen Actual: jubilados y pensionados a partir del 16 de marzo 1988 hasta los que ingresaron a laborar antes del 15 Octubre 2005.

c).- “Convenio Adicional para Jubilaciones y Pensiones de los Trabajadores de Nuevo Ingreso” del 16 Octubre 2005 hasta el 27 de Junio 2008.

d).- “Convenio de Jubilaciones y Pensiones para la Generación de Nuevos Trabajadores” del 28 de Junio de 2008 en adelante hasta la actualidad, su jubilación será por el Sistema de AFORES dando fin a la jubilación institucional (dinámica) para pasar al sistema de Afore.

CARACTERISTICAS:

A).- RÉGIMEN INICIAL O ANTERIOR.- Trabajadores que fueron jubilados conforme a la Ley del Seguro Social con una pensión fija (sin incrementos) aproximada del 50% de su salario al momento de su jubilación.

B).- RÉGIMEN ACTUAL.- Las mujeres se Jubilan a los 27 y los hombres a los 28 años de antigüedad laboral sin importar la edad, reciben una jubilación del 125% de su salario como activos, la cuantía básica se incrementa anualmente (Jubilación Dinámica) con el % que se aplique a los activos en cada revisión contractual y salarial, por concepto de fondo de ahorro en el mes de julio reciben 46 días de salario, a partir del 2011 aportan al RJP una cuota del 10% de su salario y otro 10% por concepto de fondo de ahorro.

C).- “CONVENIO ADICIONAL PARA JUBILACIONES Y PENSIONES DE LOS TRABAJADORES DE NUEVO INGRESO”.- Se Jubilan o Pensionan conforme a los artículos 1,3,5,7,10 al 17,19,21 al 24,26 al 28 del RJP con la diferencia de que el derecho a la jubilación lo obtendrán a partir de los 60 años de edad y con 34 o 35 años de antigüedad según corresponda mujer u hombre, reciben una jubilación equivalente al 100% del último salario percibido conforme al artículo 5 del RJP, la cuantía básica aumentará cada año con el % (x ciento) que reciban los activos en cada revisión contractual y salarial, en el mes de julio reciben 46 días por concepto de fondo de ahorro, contribuyen con un financiamiento igual al anterior, es decir aportan el RJP el 10% del salario y 10% del fondo de ahorro.

D).- “CONVENIO DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA LA GENERACIÓN DE NUEVOS TRABAJADORES”.

Este esquema de Jubilación o Pensión por Retiro para trabajadores con ingreso a partir del 2008, opera a través de CUENTAS INDIVIDUALES, es decir que dependerá solamente de las COTIZACIONES ACUMULADAS EN SU AFORE, las cuales serán entregadas al finalizar la relación laboral con el IMSS y serán LIBRES DE IMPUESTOS.

Para jubilación se conserva el requisito de 34 años de servicio para las mujeres, 35 años para hombres y lo correspondiente a 60 años por cesantía en edad avanzada o 65 por vejez, ambos estando condicionados a cumplir 1250 semanas cotizadas, recibiendo únicamente la cantidad que hayan ahorrado durante el tiempo laborado.

El PATRÓN por Concepto de RETIRO aporta un 2% sobre el Salario Base de Cotización (SBC) así como 3.15% para CESANTIA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ y un 5% del SBC a la SUBCUENTA DE VIVIENDA (INFONAVIT) dando un total de 10.15% cotizados sobre días trabajados, más una APORTACIÓN COMPLEMENTARIA para el retiro del 1.25% ANUAL sobre el salario integrado la cual inicio en 2025 y se incrementa cada año un 1.25% hasta que llegue al 5% ANUAL (cláusula 157 CCT). Mientras que el Gobierno Federal aporta 0.225% del SBC sobre días laborados.

Al trabajador IMSS se le DESCUENTA el 15% DEL SALARIO BASE a travez del CONCEPTO 111 como APORTACIÓN COMPLEMENTARIA AL AFORE e igual proporción de su fondo de ahorro, ambas serán libres de impuestos con el propósito de que tenga una mensualidad "digna" en la jubilación. Cabe mencionar que el rebaje del Concepto 111 afecta la Capacidad de Crédito.

Ejemplo:
El Trabajador que ingreso del 28 de junio de 2008 en adelante con Salario base mensual de $30,666.82, aporta un 15% (descuento concepto 111).

$30,666.82 × 15% = $4,600.02 de aportación. (descuento concepto 111).

Independientemente el trabajador puede agregar una APORTACIÓN VOLUNTARIA por la cantidad que desee, o si tuviera UN SEGUNDO PATRÓN por fuera, este también aportará a la Afore un porcentaje (%), lo que hará que se incremente un poco más su FONDO DE AHORRO PARA EL RETIRO.

Es decir que si a un trabajador al que no se le descuenta del Concepto 111 que su pensión fuera de $2,500 a $3,000 pesos mensuales, si realiza las aportaciones correspondientes a este concepto, su pensión se incrementa hasta un rango aproximado de $7,500 a $8,000 pesos mensuales, dependiendo de los recursos acumulados en su cuenta individual.

Este beneficio puede ser aún mayor si el trabajador realiza aportaciones voluntarias a su AFORE y/o cuenta con un segundo patrón que también efectúe aportaciones a su cuenta individual, lo que incrementará el ahorro para el retiro y, en consecuencia, el monto de la pensión que recibirá.

Si alguien demanda para que no le sea rebajado el Concepto 111, este le será depositado junto con su salario quincenal (con rebaja de impuestos) DISMINUYENDO LA CANTIDAD ACUMULADA en su cuenta Afore.

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