Jorge Adriano Fleitas Insfran

Jorge Adriano Fleitas Insfran Abogado
Master en Derecho Civil y Procesal Civil
Egresado de la Escuela Judicial del Consejo de la Magistratura
Concejal Municipal de S.D.G. Capiata de SDG

Socio de Estudio Jurídico y Contable Fleitas Insfrán y Asociados
Directivo de Agencia 8 de la Coop.

29/05/2026

Abog. Jorge Fleitas para la Junta Municipal - Lista 2G -Opción 2 🚩

20/05/2026

Mis pésames a la familia Ibarrola Aguilar por el fallecimiento del amigo Edgar Ibarrola. Todo mi cariño para la familia quienes son grandes amigos. Que Jesús ejemplo de fe y amor pueda consolar sus corazones.

‼️ORATORIA CON PROPÓSITO‼️Concluimos una etapa muy especial: 16 horas de entrenamiento y aprendizaje en nuestro Curso Av...
20/05/2026

‼️ORATORIA CON PROPÓSITO‼️

Concluimos una etapa muy especial: 16 horas de entrenamiento y aprendizaje en nuestro Curso Avanzado de Oratoria. Un tiempo de mucho crecimiento, práctica y preparación para poder transmitir el conocimiento sobre esta habilidad a nuestro primer grupo de mentorados.

A esta mentoría la llamamos “Oratoria con Propósito”, porque creemos que hablar bien no es solo expresarse, sino transmitir un mensaje que pueda inspirar, ayudar y transformar vidas 🔥

Estamos comprometidos en formar personas desde un liderazgo positivo, ayudándolas a descubrir su propósito y a desarrollar la confianza y la claridad mental para vencer el miedo y el deseo de validación, y así poder llevar un mensaje de valor a quienes realmente necesitan escuchar esa palabra 🙏🏻

Gracias a cada persona que confió en este proceso, por su compromiso, dedicación y ganas de crecer. Ver cómo cada uno fue ganando seguridad y confianza nos recuerda el gran poder que tiene la palabra Miguel Ángel González Ruiz


La oratoria no es solo hablar frente a otros; es conectar con las personas, inspirar y generar un impacto positivo en la sociedad.

Seguimos creciendo y formando voces con propósito. Esto recién comienza. ❤️‍🔥

SEMINARIO DE INTERNACIONALIZACIÓN DEL DERECHO ORGANIZADO POR LA ESCUELA DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANIND...
12/05/2026

SEMINARIO DE INTERNACIONALIZACIÓN DEL DERECHO ORGANIZADO POR LA ESCUELA DE POSGRADO DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CANINDEYÚ.

Tuve el honor de participar en el Seminario de Internacionalización, espacio académico en el que pude exponer sobre la forma del dictamiento de sentencias judiciales en materia de daños morales y las dificultades de cuantificarlas conforme al sistema de la sana crítica adoptado por el Paraguay y compararlo con el sistema brasileño.

Asimismo, compartí reflexiones sobre la importancia de la interpretación sistémica de la Constitución Nacional al momento de analizar un caso judicial concreto, comprendiendo el ordenamiento jurídico como un conjunto integral de normas y principios, y no de manera aislada y superficial.

Agradezco la oportunidad de intercambiar conocimientos y experiencias en un ámbito de enriquecimiento académico y jurídico con la comunidad jurídica y los colegas de la Universidad Estadual de Londrina en la persona de !

09/05/2026

‼️OBSTRUCCIÓN AL RESARCIMIENTO POR DAÑOS EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO 🔥

En el sistema jurídico paraguayo, abandonar el lugar de un accidente de tránsito después de haber causado daños materiales puede constituir un hecho punible. El artículo 176 del Código Penal Paraguayo sanciona la conducta de quien evade su responsabilidad y dificulta el resarcimiento de los daños ocasionados. Permanecer en el lugar y colaborar con las autoridades es fundamental para garantizar los derechos de las personas afectadas y el cumplimiento de la ley.

📢 Compartí este video para informar a más personas sobre las consecuencias legales de huir de un accidente de tránsito.

06/05/2026

‼️RESPONSABILIDAD CIVIL POR DAÑOS MORALES ⚖️

En Paraguay, la ley protege tu honor, reputación, paz interior y salud mental.

Si alguien vulnera estos derechos, tenés derecho a reclamar una indemnización.

📌 Constitución Nacional (Art. 39): establece el deber del Estado de indemnizar los daños que cause
📌 Código Civil (Art. 1842): obliga a quien causa un daño (material o moral) a repararlo
📌 Constitución Nacional (Art. 256): confirma la supremacía de la Constitución

💡 El daño moral afecta tu bienestar emocional, aunque no se pueda medir fácilmente en dinero.

El juez analiza cada caso con “sana crítica”, usando lógica, experiencia y pruebas.

🔎 Se valoran testimonios, indicios y pericias psicológicas.

✔️ CONCLUSIÓN:
Si se afecta tu dignidad o equilibrio emocional, podés exigir una reparación justa, ya sea frente a particulares o incluso frente al Estado.

23/04/2026

RESPETO AL CONTRATO DE ALQUILER: TU DERECHO NO SE NEGOCIA

El principio de autonomía de la voluntad significa que las partes acuerdan libremente las condiciones de un contrato, y una vez firmado, ese acuerdo tiene fuerza de ley entre quienes lo celebran. En el caso de los contratos de alquiler, esto implica que ni el propietario ni el inquilino pueden cambiar las reglas por su cuenta: no se puede aumentar el valor de la renta de manera arbitraria ni modificar los plazos de forma unilateral.

De acuerdo con los artículos 715 y 699 del Código Civil Paraguayo, las cláusulas pactadas deben cumplirse tal como fueron establecidas, salvo que ambas partes acuerden modificarlas. Esto protege tus derechos como inquilino y también establece tus obligaciones, garantizando equilibrio y seguridad jurídica.

Si estás frente a una situación donde intentan cambiar las condiciones sin tu consentimiento, tenés derecho a defender tu contrato. Conocer lo que firmaste y lo que dice la ley es clave para evitar abusos.

💬 Comentá abajo tu caso o tu opinión para debatir este tema
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📲 Compartí este video para que más personas conozcan sus derechos

23/04/2026
20/04/2026

EL DAÑO MORAL TAMBIÉN SE PAGA: CONOCE TUS DERECHOS

En el derecho civil paraguayo no solo existe el daño económico. También hay daños que afectan lo más importante de una persona: sus sentimientos, su dignidad y su bienestar. Esto se conoce como daño moral o emocional.

Derechos como el honor, la salud mental, la paz, la libertad y la intimidad no tienen un valor material, pero están protegidos por la ley. Cuando alguien los vulnera —por ejemplo, con insultos, humillaciones, difamación o situaciones que generen sufrimiento— la persona afectada tiene derecho a ser reparada.

¿Y cómo se calcula ese daño? No hay una fórmula exacta. Los jueces analizan cada caso considerando la gravedad del hecho, el impacto en la vida de la persona, el sufrimiento causado y las circunstancias, la capacidad económica del ofensor. Con base en eso, se fija una indemnización económica como forma de compensación.

Es importante entender que el dinero no borra lo ocurrido, pero es una manera de reconocer el daño y hacer responsable al autor.

Conocer estos derechos es clave para evitar abusos y protegerte.

También el Estado o sus funcionarios deben responder por daños a las personas conforme el artículo 39 de la Constitución Nacional e incluso la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede condenar al Paraguay a indemnizar y pedir disculpas a las victimas en caso de daños a su honor, libertad, paz interior cuando el agresor es el Estado o cuando el Estado no otorga garantías por la Ley No. 01/89

👉 Compartí este video para que más personas sepan que no solo se protege lo material, sino también su dignidad y bienestar. Entre todos podemos crear una sociedad más justa e informada.

19/04/2026

Consecuencias del caso: Hernán Rivas y la nulidad de su título de abogado y sus consecuencias en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados (JEM)

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