08/04/2026
Caso de Sustracción de Hijos
Consultoría MONESP, siempre comprometido con la protección y bienestar de sus clientes, informa sobre la exitosa intervención en un caso de sustracción de menor. Gracias a la coordinación efectiva con las autoridades del Estado de México, se logró la recuperación del menor de edad y su reintegración a su núcleo familiar, garantizando así el restablecimiento de sus derechos y su seguridad.
En este contexto, es importante destacar el marco legal aplicable:
"Sustracción de hijo – Artículo 263
Se establece que al padre o la madre que se apodere de su hijo menor de edad, así como a los familiares que participen en dicho apoderamiento, respecto del cual no ejerzan la patria potestad o la custodia, privando de este derecho a quien legítimamente lo tenga, se le impondrán sanciones legales.
Asimismo, incurre en este delito quien, aun sin existir una determinación judicial sobre el ejercicio de la patria potestad o custodia, impida al otro progenitor ver y convivir con el menor.
Las sanciones correspondientes consisten en una pena de uno a cinco años de prisión, además de una multa de cuarenta a ciento veinticinco días.
Cabe señalar que este delito se persigue por querella."
Consultoría MONESP reafirma su compromiso de actuar con profesionalismo y apego a la legalidad, colaborando con las autoridades para salvaguardar los derechos de los menores y de las familias involucradas.