08/11/2025
ASSOCIACIÓ D’USUARIS DEL PORT DEL SALER
A la atención de:
Conselleria de Medio Ambiente, Agua, Infraestructuras y Territorio
Generalitat Valenciana
Con copia a: Ayuntamiento de València – Servicio Devesa-Albufera
SOLICITUD DE ACTUACIÓN Y REPOSICIÓN DEL PORT DEL SALER TRAS LA DANA DE 2024 Y REACTIVACIÓN DEL EXPEDIENTE DE MUTACIÓN DEMANIAL
1. EXPOSICIÓN DE HECHOS
Primero.– Que la DANA acaecida en octubre de 2024 causó graves daños en el Port del Saler, afectando a sus embarcaderos, pasarelas y estructuras tradicionales utilizadas por pescadores y vecinos.
Segundo.– Que en el entorno de l’Albufera, se llevaron a cabo actuaciones de reparación y reposición de embarcaderos y estructuras afectadas por parte de las administraciones competentes.
Tercero.– Que, sin embargo, el Port del Saler no ha sido incluido en dichas actuaciones, a pesar de su similar función pública y de su carácter histórico, tradicional y vecinal.
Cuarto.– Que el Port del Saler forma parte del dominio público vinculado al Parque Natural de l’Albufera, y su gestión y mantenimiento están estrechamente relacionados con la actividad social, ambiental y económica de la zona.
Quinto.– Que la Generalitat Valenciana inició en el año 2021 un expediente de mutación demanial con el fin de regularizar la titularidad del Port del Saler a favor del Ayuntamiento de València, expediente que se encuentra paralizado por motivos administrativos y registrales.
Sexto.– Que esta situación genera una evidente desigualdad de trato y perjuicio hacia los usuarios del Port del Saler, al quedar fuera de las actuaciones de reposición y mantenimiento realizadas en otros puertos y embarcaderos del mismo sistema hidráulico y territorial.
2. FUNDAMENTOS Y ARGUMENTOS
El principio de igualdad y no discriminación, recogido en los artículos 14 y 103 de la Constitución Española, obliga a las Administraciones Públicas a garantizar un trato equitativo y objetivo en el ejercicio de sus competencias. La Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, en su artículo 3, impone el deber de coordinación y cooperación entre Administraciones, especialmente en materias compartidas de gestión del dominio público.
Asimismo, la Ley 33/2003, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y la Ley 14/2003, de Patrimonio de la Generalitat, establecen el deber de conservación, mantenimiento y uso adecuado de los bienes de dominio público, con independencia de su situación registral o del órgano gestor temporal.
Por tanto, la exclusión del Port del Saler de las actuaciones de reparación ejecutadas tras la DANA de 2024, cuando otros puertos del mismo entorno sí han sido atendidos, constituye un posible agravio comparativo contrario a dichos principios.
3. SOLICITA
1. Que se incluyan de forma urgente las infraestructuras del Port del Saler en los programas de reposición y reparación derivados de la DANA de 2024.
2. Que se reactive el expediente de mutación demanial iniciado en 2021 entre la Generalitat Valenciana y el Ayuntamiento de València, a fin de regularizar la titularidad y permitir la gestión municipal efectiva.
3. Que se establezca una mesa técnica o canal de coordinación entre la Conselleria, el Ayuntamiento de València y esta Associació d’Usuaris del Port del Saler, para definir las actuaciones necesarias de mantenimiento y puesta en valor del puerto.
4. Que se garantice un trato igualitario con respecto a otros enclaves de la Albufera, evitando discriminaciones o demoras que afecten al uso público y tradicional del Port del Saler.
En El Saler [València], a 08 de noviembre de 2025.
Por la ASSOCIACIÓ D’USUARIS DEL PORT DEL SALER