30/09/2026
Esta es la 𝗗𝗲𝗰𝗹𝗮𝗿𝗮𝗰𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗔𝗰𝗮𝗱𝗲𝗺𝗶𝗮 𝗡𝗮𝗰𝗶𝗼𝗻𝗮𝗹 𝗱𝗲 𝗕𝗲𝗹𝗹𝗮𝘀 𝗔𝗿𝘁𝗲𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗹𝗮 𝗽𝗿𝗼𝘁𝗲𝗰𝗰𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝗹𝗮 𝗜𝗴𝗹𝗲𝘀𝗶𝗮 𝘆 𝗖𝗼𝗻𝘃𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗦𝗮𝗻𝘁𝗮 𝗖𝗮𝘁𝗮𝗹𝗶𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝗦𝗶𝗲𝗻𝗮 𝗱𝗲 𝗕𝘂𝗲𝗻𝗼𝘀 𝗔𝗶𝗿𝗲𝘀, redactada por el recientemente fallecido académico 𝗔𝗿𝗾. 𝗥𝗮𝗺ó𝗻 𝗚𝘂𝘁𝗶é𝗿𝗿𝗲𝘇 y la 𝗖𝗼𝗺𝗶𝘀𝗶ó𝗻 𝗱𝗲 𝗔𝗿𝗾𝘂𝗶𝘁𝗲𝗰𝘁𝘂𝗿𝗮, 𝗗𝗶𝘀𝗲ñ𝗼 𝘆 𝗨𝗿𝗯𝗮𝗻𝗶𝘀𝗺𝗼 de nuestra institución. A continuación, el texto completo.
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DECLARACIÓN DE LA ACADEMIA NACIONAL DE BELLAS ARTES
MONASTERIO DE SANTA CATALINA EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
La Academia Nacional de Bellas Artes ratifica la opinión que ha dado a través del tiempo en el sentido de respetar integralmente el área que ocupaba el Monasterio de Santa Catalina, primer recinto conventual femenino de Buenos Aires. La protección de la Iglesia de este Monumento Histórico, uno de los primeros declarados por la recién creada Comisión Nacional de Museos y Monumentos Históricos, en 1942, fue complementada en el año 1975 con la declaratoria y valoración del área que ocupó el Monasterio en su totalidad.
El traslado de las monjas de clausura derivó en la venta de la zona del huerto y el cementerio para atender la construcción del nuevo recinto que las alojase y fue entonces que comenzaron las gestiones de diversos proyectos inmobiliarios que pusieron en riesgo de deterioro el conjunto. El mismo se preservaría hasta la primera construcción en altura sobre la Avenida Córdoba y el resto quedó baldío con playas de estacionamiento. De allí se generó una secuencia de proyectos de torres elevadas, con creciente potencial de rendimiento económico, acorde a los deseos de los sucesivos propietarios del terreno. Mientras tanto, la propia Municipalidad sancionó la legislación que atendía el Área de Protección Histórica Catedral al Norte incluyendo la manzana íntegra de Santa Catalina. La Comisión Nacional de Monumentos, por su parte, reiteraba que esas obras (alguna de las cuales no solo tenía 18 pisos, sino también 5 subsuelos) ponían en situación de “destrucción de la imagen del monumento con la consiguiente pérdida irreparable de los valores patrimoniales”.
Podrían mencionarse otros antecedentes, hasta del mismo Plan Urbano Ambiental, pero el hecho concreto es que, en el año 2016, ante la presentación de entidades de defensa del patrimonio y la movilización del vecindario, el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró nulo el permiso de construcción solicitado en el mencionado terreno atendiendo a las disposiciones en vigencia.
Desde el año 2025, un nuevo proyecto demanda la ocupación del terreno y genera similares controversias. La Academia Nacional de Bellas Artes entiende necesario que la defensa del valor patrimonial es prioritaria toda vez que el país y el Municipio han reconocido esta circunstancia y que ella debe ser respetada cabalmente.
Para ello debe tenerse en cuenta la fragilidad de una obra inaugurada en 1745 cuando las características técnicas y materiales de construcción no tenían las seguridades que hoy podemos verificar. Las obras de pavimentación que se vienen realizando sobre la calle Viamonte, han puesto en evidencia las rajaduras superficiales que ha presentado el templo. La vibración de maquinaria pesada genera estos riesgos en unos cimientos cuyas condiciones de por sí son débiles.
Desde el punto de vista ambiental la erección de un edificio monumental de gran altura va a generar cambios esenciales en las condiciones del entorno y con certeza alterara la exposición solar del monumento. Justamente el Código de Planeamiento Urbano municipal dictaminaba que cualquier edificación futura no podía superar la altura del monasterio para garantizar su luz solar. En la actualidad el límite de altura es de 16 metros y el proyecto que ahora se proyecta hacer tiene 38 metros.
Ante los primeros proyectos de torres, la Municipalidad sancionó la Ordenanza 36476 de 1981 que limitó a doce metros la altura máxima alrededor del convento y la iglesia los desarrolladores inmobiliarios protestaron. En aquel tiempo la ANBA se pronunció pidiendo al Municipio que creara allí un parque para que fuera “imposible” hacer más edificios.
Esta propuesta tiene además sentido en la medida que una conciencia de protección ambiental y la carencia de espacios verdes en la zona del microcentro ayudaría a las entidades públicas a priorizar la valoración patrimonial identitaria que está requiriendo la ciudadanía.
Buenos Aires, agosto de 2026.