28/06/2019
En los últimos días se conoció la noticia de que la Secretaria de Gobierno de Modernización y UPCN, han pautado modificar el convenio colectivo para beneficios de unos pocos.
Compartimos con ustedes los puntos mas importantes de la modificación que se pretende homologar:
* Derogación de la incompatibilidad del Art. 94 del Convenio: es decir que los funcionarios van a cobrar el suplemento por función ejecutiva y el suplemento por función especifica o jefatura, lo que significa un aumento del $20.000 mas aprox.
*Aumento la cantidad de las unidades retributivas asignadas a funcionarios: El suplemento de función de jefatura actualmente es de 421 Urs, lo que pretenden aumentar a 470.
* Aumento del valor de la unidad retributiva: Los funcionarios cobran con un régimen de Unidad retributiva igual al resto de trabajadores bajo convenio, con el cambio no será así. El valor de unidad retributiva que reciben los funcionarios se fija en forma separada.
* Simplificación de los requisitos para acceder a una Dirección: Para una Dirección de segunda apertura se necesita una experiencia no inferior a tres años, lo que podría disminuir a solo 1 año. Además se requiere especialización y experiencia en dirección de equipos, dos requisitos que podrían eliminarse. Para las designaciones de Dirección nacional, general se requería una experiencia de 6 años, ahora podría reducirse a solo uno.
* Designaciones transitorias sin plazo: Las designaciones son transitorias (180 días) en cargos con función ejecutiva, pretenden que no tenga plazo alguno.
* La evaluación de desempeño de CUALQUIER jerarquía tiene las mismas modalidad y proceso: Con la reforma la evaluación de los funcionarios de alta función publica es distinta y mas beneficiosa para los evaluados.
* Tramo intermedio: Para ser designado en funciones de jefatura se exige el tramo intermedio, se elimina ese requisito.
Por último, quien es designado para función ejecutiva ingresa en el grado y nivel correspondiente a la carrera; con la reforma pueden ingresar en el grado 2 del nivel que pueda calificar.
Es decir, con estas modificaciones al Convenio colectivo,van a coexistir dos tipos de tratamientos para quienes se encuentren bajo convenio.
Claramente el tratamiento privilegiado y benévolo será para los funcionarios de alta dirección. Mientras que a nosotros nos reducen el comedor, nos aplican impuestos, nos bajan suplementos, nos niegan las becas de capacitación, los ascensos por tramo, no hay concursos para pasar a planta, etc, etc.
Esta mas que claro que necesitamos gremios que con acción sindical concreta, prioricen la realidad y la necesidad de los trabajadores.