23/09/2013
PODERES
El escribano lo asesora cuando usted
debe autorizar a alguien a actuar en su nombre.
Un poder es un documento. Asegúrese de realizar el tipo de poder que corresponde a su necesidad con el asesoramiento de su escribano de confianza, quien le recomendará el tipo de poder y la extensión de las facultades que requiere el apoderado para ejercerlo.
Si usted precisa documentar un negocio (compraventa, locación, hipoteca, sociedad u otros), cobrar o realizar trámites en bancos, instituciones públicas o privadas y no puede o no desea hacerlo personalmente; o necesita iniciar un juicio, contestar una demanda que le hayan entablado o llevar a cabo una sucesión; puede hacerse representar por una o más personas de su confianza otorgándoles un poder.
Poderes especiales y generales
Los poderes pueden ser especiales para uno o más actos o generales para la ejecución de varios actos.
Un poder especial también puede ser conferido en forma irrevocable, siempre que así se establezca y sea para un asunto determinado, limitado en el tiempo y en razón de un interés legítimo de los contratantes o un tercero. Por ejemplo, si usted firmó un boleto de compraventa de un inmueble, cobró la totalidad del precio y entregó la posesión. Estos poderes sólo pueden ser revocados mediando justa causa, si así lo declara un juez.
El poder se extingue naturalmente por incapacidad o muerte de quien lo otorga, salvo aquellos casos en que fue otorgado por el interés común del mandante y del mandatario, o de un tercero.
También puede ser revocado por la sola voluntad del otorgante.
El notario tiene que “barroquizar”, aclarando que el apoderado podra ejercer sus facultades representadolo ante cuantas instituciones, organismos y entidades existen, con mencion detallada de todas ellas.
Pelosi concluye con esta cita: “Las formulas no tienen valor magico, sino instrumental. Sirven para expresar el pensamiento. Por encima de las palabras, esta la voluntad o realidad. Desde este punto de vista cabe afirmar que no hay formulas legales imperativas, de acatamiento servil. Ni si quiera el tradicional “doy fe” es inexcusable.”
Escribania Parajon