La Ley Provincial de Salud Mental (Ley I N° 384), modificada por la Ley I N° 648, crea en el ámbito del Ministerio de la Defensa Pública del Chubut, el Órgano de Revisión Provincial, quien comienza su actividad regular el día 15 de Julio del 2020. Su objetivo general, es defender y monitorear el cumplimiento de los Derechos Humanos de las personas con padecimientos mentales y/o consumos problemáti
cos, promoviendo el cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental (N° 26.657) y la Ley Provincial (I N° 384). El Órgano de Revisión se encuentra conformado por representantes de diversos organismos estatales y de la sociedad civil vinculados a la temática, constituyendo un espacio multisectorial. Su plenario se conforma por representantes del Ministerio de Salud, de la Subsecretaría de Derechos Humanos, del Ministerio de la Defensa Pública, de asociaciones de usuarias/os y familiares del sistema de salud o grupos afines, asociaciones profesionales -donde se cuenta con la representación permanente de los colegios/asociación de psiquiatras, psicólogos/as y trabajadores/as sociales-, y una organización no gubernamental, abocada a la defensa de los Derechos Humanos, vinculados a la salud mental. Su ámbito de aplicación resulta ser todo el territorio de la Provincia del Chubut. La representación legal y la coordinación ejecutiva, se encuentra a cargo de la Secretaria Ejecutiva, Dra. Susana Garrigós, quien fuera designada por delegación del Señor Defensor General mediante Resolución Administrativa N° 186/19 – RR.HH., siendo las funciones principales implementar las estrategias políticas, jurídicas e institucionales, siguiendo los lineamientos acordados por el Plenario del Órgano de Revisión, coordinar sus reuniones, participar de ellas sin voto y asegurar el funcionamiento permanente del organismo.