31/08/2025
Higiene y Seguridad – Contratistas
Cuando una empresa contrata a un tercero, la seguridad no se delega: el contratista debe ajustarse a las normas vigentes para proteger a su personal y a la empresa donde presta el servicio.
Personal en relación de dependencia
• Constancia de ART con cláusula de no repetición a favor de la empresa.
• Programa de Seguridad (Res. 319/99 o 51/97) aprobado por la ART, o procedimiento ATS en tareas de bajo riesgo.
• Entrega de EPP según Res. 299/11.
• Capacitación e inducción en Higiene y Seguridad según Dec. 351/79.
• Cumplimiento de cargas sociales (ARCA 8 – F931).
• Uso correcto de EPP y ajuste al procedimiento de trabajo.
Particulares (Monotributistas)
• Seguro de Accidentes Personales con cláusula de no repetición a favor de la empresa, con cobertura acorde a la tarea (ej.: altura).
• Última cuota paga del seguro.
• Procedimiento de seguridad tipo ATS.
• Entrega de EPP según Res. 299/11.
• Capacitación e inducción en Higiene y Seguridad según Dec. 351/79.
• Uso correcto de EPP y cumplimiento del procedimiento.
En resumen: todo contratista debe garantizar la cobertura legal, capacitación y provisión de EPP, trabajando de acuerdo a procedimientos seguros. Solo así se protege al trabajador y a la empresa.