Pueblos Originarios de Bolivia

Pueblos Originarios de Bolivia Guerrero Aymara

04/04/2026

Las 20 Provincias NO recibirán a Revilla por ser golpista

Los recursos del BID no son donaciones, sino préstamos que endeudan a Bolivia. Están orientados principalmente al sector...
15/01/2026

Los recursos del BID no son donaciones, sino préstamos que endeudan a Bolivia. Están orientados principalmente al sector privado, dejando de lado al sector público. Una carga más para el pueblo.

BID no dona: presta. Favorece al privado, endeuda al país. Nada para lo público.
15/01/2026

BID no dona: presta. Favorece al privado, endeuda al país. Nada para lo público.

"Muchos críticos asumen que el decreto debe modificarse. En lo personal, pienso que este decreto debe ser abrogado. Si P...
29/12/2025

"Muchos críticos asumen que el decreto debe modificarse. En lo personal, pienso que este decreto debe ser abrogado. Si Paz quiere tocar la subvención, genial, que lo haga con un decreto específico para la eliminación dela subvención, pero sin pretender colar 100 artículos inconstitucionales bajo el ruido de la gasolina. Porque eso ha hecho Paz y todo su gabinete. Eso no es gobernar, es estafarle a la gente.", Quya Reyna.

          DESTROZANDO EL DS 5503. PARTE 1les dije que el "Decretazo" de Rodrigo Paz estaba mal redactado. Ese es el prim...
25/12/2025


DESTROZANDO EL DS 5503. PARTE 1

les dije que el "Decretazo" de Rodrigo Paz estaba mal redactado. Ese es el primero y el más leve de los terribles errores que tiene ese pobre intento de normativa. Vamos a empezar por la redacción y ortografía (que también afectan a la aplicación de la norma), y en los próximos días iremos avanzando hasta demostrar que este decreto es inconstitucional y nulo de pleno derecho.

1️⃣ ARTÍCULOS REPETIDOS. El Artículo 106 y el Artículo 111 son idénticos. Ambos establecen el incremento del Salario Mínimo Nacional a Bs 3.300. Mantener dos artículos con el mismo contenido en una norma es un error de técnica legislativa elemental que genera confusión al citar la norma. Aquellas personas que reciban el incremento al salario mínimo no sabrán si acogerse al artículo 106 o al 111, y lo mismo pasará con las empresas, instituciones y organismos que incorporen el nuevo salario mínimo en sus planillas y en su contabilidad.

2️⃣ ARTÍCULO INEXISTENTE. El Artículo 119, Parágrafo II, referente al pago de un supuesto "Bono PEPE" (pésimo nombre para un programa social), dice que "autoriza la transferencia de recursos señalados en el ARTÍCULO 124". Pero el decreto finaliza en el Artículo 121, por lo que el Artículo 124 es inexistente. Por lo tanto, la transferencia de fondos para este Bono PEPE, queda sin una base legal específica. Literal, es un bono sin financiamiento.

3️⃣ ARTÍCULOS MAL REFERENCIADOS. Los artículos 98 y 102, también referentes al supuesto "Bono PEPE", indican condiciones para acceder al programa descrito en el "Artículo 99 inciso I". Sin embargo, el Artículo 99 trata sobre FORMULARIOS y no contiene incisos, ni inciso I, ni inciso II ni nada. La descripción correcta del programa y sus montos se encuentra en los Artículos 96, 97 y 98.

4️⃣ OTRO ARTÍCULO MAL REFERENCIADO. La Disposición Transitoria Cuarta hace referencia a los "precios señalados en el 102" (ni siquiera ponen "Artículo 102", solo 102 a secas...estarán mencionando el inciso, el número de puerta o el número de celular de Lupo?). Lo peor es, que el Artículo 102 trata sobre la duración del supuesto Bono PEPE, no dice nada de precios.

☢️ Estos errores son los más graves desde el punto de vista procesal, ya que invalidan la operatividad de los artículos. Eso significa que los genios del Ministerio de Economía de Espinoza, ni siquiera van a poder pagar el dichoso bono "Pepe" sin emitir otra normativa que corrija esta estupidez.

5️⃣ ERRORES, DIGO HORRORES ORTOGRÁFICOS. Esta es la más clara prueba de que el decretito fue redactado por una bola de imbéciles. No supieron escribir correctamente y se mandaron errores como "CUMPUTABLES" "protección FINANCIARA", "sector PRODUCTIVA" (aplazados en gramática), y errores de puntuación como "PETROLÉO" (tilde en la E) y "Finanzas PUBLICAS" (se comieron la tilde de la U).

6️⃣ Y esto es sólo la punta del iceberg. Ya quiero ver a la gente que en la campaña electoral hablaba de Medinaceli, Lupo y Espinoza como "eminencias", "profesionales destacados" y demás adjetivos chupabólicos. En realidad esos cuates están mostrando que no conocen de técnica legislativa y que ni siquiera pueden escribir correctamente. Por estupideces de este tamaño, una o varias de sus disposiciones son ahora INAPLICABLES. Es así, porque en Derecho Administrativo, una coma o una tilde mal puestas te cambian todo el sentido de una norma. Pregúntenle a cualquier abogado si no me creen.

Mañana la seguimos con los temas de fondo. Pero les adelanto que la cosa es de terror. Literalmente quieren convertir a Bolivia en un paraíso del lavado de dinero por Decretazo. Y ni les cuento del tema tributario.
Del muro de Bed Re Juanjo

20/12/2025

Mi propuesta para el gobierno sobre el ajuste a la nueva escala salarial para todos los funcionarios públicos en Bolivia, lo más coherente y razonable y equilibrado debería ser la siguiente escala salarial: Presidente de Bolivia 16.000 bs, Vicepresidente 15.000 bs, Senadores y Diputados titulares 14.000 bs, Ministro 13.000 bs, viceministros 12.000 bs, Directores 11.000 bs, Jefes de Unidad 10.000 bs, y se debe eliminar el sueldo de los Ex Presidentes, así también se debe eliminar el pago de todo tipo de viáticos a los funcionarios públicos solo se le debe pagar sus pasajes de transporte y si utilizan el transporte de la institución o del Estado no se debe pagar nada. Así tiene que ser la nueva escala salarial de lo contrario nos van engañar y van a seguir ganando y cobrando jugosos sueldos y jugosos viáticos eso se tiene que acabar y eliminar en Bolivia, sabiendo que estamos en una situación crítica económica y de austeridad.



18/12/2025

Sin pan para el pueblo, no hay paz para el poder

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