17/06/2021
"Buscando el interés superior de niñas, niños, adolescentes y jóvenes" Visiones de derechos
Más de una vez, durante el debate que precedió la aprobación del código, cada parte acusó a la otra de colocar la ideología por sobre las necesidades y los derechos de los menores. Llama la atención que las referencias a argumentos basados en un discurso de derechos fueran desplegados con más frecuencia y de forma más consistente por el lobby prolegalización que por los partidarios de la erradicación. Esta fue una forma de contrarrestar conscientemente la opinión de que los convenios de la oit eran, inevitablemente, la mejor manera de proteger a los niños y las niñas bolivianos. Siguiendo este razonamiento, el trabajo debe ser reconocido como un derecho de los niños, niñas y adolescentes y la presencia de estos en la fuerza de trabajo no debe ser necesariamente vista como un problema social. Retomando una de las declaraciones del Movimiento Internacional de la Infancia Trabajadora, que menciona explícitamente el trabajo como un «derecho humano» central para el desarrollo personal de los menores14, la propuesta de Unatsbo para el nuevo código establece que
Los niños, niñas y adolescentes que trabajan, son en primera instancia humanos, sujetos de derechos (…). El Estado se obliga a proteger esos derechos, incluyendo su derecho a trabajar y a participar de la vida pública con opinión y participación propias. En síntesis, abordar la regulación del trabajo de los niños desde un marco de protección de sus Derechos Humanos podría significar un escenario mucho más amplio de cumplimiento de obligaciones y ejercicio de derechos.15
El lobby pro-oit, por su parte, parecía evitar la invocación de los marcos internacionales de derechos de manera directa, tal vez con el fin de prevenir la crítica de que se trata de políticas impuestas desde el «Occidente», crítica muy de moda en estos tiempos en Bolivia. En consecuencia, el discurso se centró no tanto en los derechos humanos sino más bien en las evidencias empíricas de los efectos negativos que el trabajo infantil tiene sobre la educación y la salud.
De la calle a la mesa de negociación
Un pico en la movilización favorable a la legalización se alcanzó en diciembre de 2013 cuando un grupo de niños y niñas trabajadores se movilizó en La Paz a favor de su derecho al trabajo y fue dispersado con violencia por la policía. La oficina de la Presidencia criticó abiertamente la represión y el presidente Evo Morales decidió reunirse con los líderes de esas organizaciones y hacer finalmente pública su posición sobre el trabajo infantil16. Él mismo un niño trabajador en la infancia, Morales creció en una comunidad rural indígena de las tierras altas de Bolivia. No sorprende entonces que sus simpatías vayan a los nat. Al mismo tiempo, el liderazgo de Morales se basa en su capacidad de articular las demandas de sectores sociales tradicionalmente excluidos y de ofrecer un proyecto alternativo para la política boliviana, históricamente dominada por elites económicas y viejas oligarquías. En este contexto, las posiciones de los nat que consideran el enfoque «erradicador» de la oit como inapropiado para el contexto boliviano y como reflejo de un ideal «occidental» de la infancia riman con las críticas al «neocolonialismo» y con un escepticismo hacia los mecanismos de gobernanza liberal. Durante una conferencia de prensa en diciembre de 2013, el presidente Morales declaró: «No debería limitarse la edad del niño, pero [estos] tampoco deberían ser explotados. (…) Cuando uno trabaja desde niño tiene más conciencia social»17. Puede que la intervención de Morales haya dado un golpe decisivo al debate: el hecho es que seis meses más tarde el controvertido código ya había sido aprobado.
Desde entonces, el gobierno ha ido defendiendo la posición de que el nuevo código no solo no representa una violación de los derechos de los niños, sino que les ofrece mayor protección. La norma ha sido presentada como una mejora en términos de derechos y como el resultado de un proceso inclusivo en el que los niños son reconocidos como interlocutores sociales legítimos. Con el argumento de que el código asegurará el «disfrute pleno y efectivo de los derechos [de los niños]» y salvaguardará «los intereses de los [niños], en conformidad con la Constitución del Estado y los tratados internacionales sobre derechos humanos», el gobierno se mantuvo firme y rechazó las recomendaciones formuladas en el marco del Examen Periódico Universal en 201518. Esta posición fue reiterada durante una reunión de la Comisión para el Desarrollo del Parlamento Europeo donde se discutió el código, en la que el embajador de Bolivia hizo hincapié en que
Es una ley en la cual los niños no son objetos sobre los cuales se disponen normas y se establecen procedimientos administrativos sino (…) en la cual ellos mismos son los actores y sujetos poseedores de derechos y de deberes. (…) Esta ley (…) adecua la normatividad al contexto existente y no en el contexto irreal de un prohibicionismo dictado por patrones culturales ajenos al contexto boliviano.19
Conclusiones
Con la aprobación del nuevo Código de la Niñez, Bolivia se convirtió en el único país que permite expresamente el trabajo infantil a partir de los diez años. Incluso la noticia ocupó espacios en la prensa mundial. Pero más allá de este hecho, la ley y el debate que la precedió ilustran tanto la relevancia como las controversias alrededor del proceso de implementación de normas internacionales de derechos humanos.
Por un lado, la lucha contra el trabajo infantil se ha vuelto un n**o clave de la agenda internacional de desarrollo, gracias a la presión de organizaciones internacionales y no gubernamentales, en particular la oit y el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef, por sus siglas en inglés) y, más recientemente, a su inclusión en los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la nueva hoja de ruta de la cooperación internacional al desarrollo. Por otro lado, el caso boliviano reitera la importancia de los factores nacionales e ilustra la dificultad de hacer generalizaciones demasiado amplias sobre derechos e intereses en contextos políticos y culturales distintos.
En la práctica, las normas solamente resuenan cuando los actores sociales trabajan con ellas, es decir, cuando tienen legitimación desde abajo. El debate internacional sobre trabajo infantil es una disputa de carácter principalmente moral, con un grado muy bajo de pragmatismo. Tiende a ignorar la dificultad de definir lo que constituye trabajo infantil en la mayor parte de los países del Sur e ignora el hecho de que muchas actividades «se sitúan entre la explotación y el abuso, por una parte, y la ayuda doméstica, por otra»20, como por ejemplo la agricultura y los negocios familiares21. América Latina ha apoyado tradicionalmente la construcción de un marco universal de derechos humanos. Sin embargo, hay una nueva tendencia, especialmente entre los países «posneoliberales», a privilegiar una visión más doméstica de los derechos.
En la década de 1990, poco después del colapso del bloque soviético, muchos gobiernos intentaron moldearse según los modelos occidentales, en el esfuerzo de reproducir los mismos niveles de prosperidad y estabilidad y para ganar la benevolencia, el apoyo político y económico de Europa y Estados Unidos22. Como parte de este proceso, los países ratificaron un gran número de tratados internacionales de derechos humanos y los incluyeron en sus marcos constitucionales. Desde entonces, han surgido nuevos desafíos a la hegemonía occidental, tanto con el crecimiento económico de nuevos países emergentes como con las crisis sociales y económicas desencadenadas por el modelo de desarrollo dominante. El disenso hacia las recetas de la oit en Bolivia refleja, por lo tanto, un contexto global en el que la divergencia del «modelo occidental» se hace más común.