24/08/2015
Contribución sobre gratuidad en Educación Superior
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Publicado: Sábado, 24 Enero 2015 14:00
En el contexto del permanente análisis sobre los temas contingentes, se publica contribución sobre " Gratuidad en la Educación superior". Dado el interés que este tema tiene en la actualidad, publicamos a continuación el texto de dicha contribución , sin perjuicio del análisis que seguimos realizando sobre Educación y Cultura.
Contribución SCCH 3/2015 Gratuidad en Educación Superior
En la actualidad está vigente la Ley 19.287 (Crédito Solidario) y su Reglamento DS 225/94 que regula el pago de deudas contraídas por los alumnos en U’es del Consejo de Rectores la cual no ha sido adecuadamente informada, analizada ni publicitada y que tiene los siguientes beneficios para los ex alumnos:
a) Inicio de pago luego de 2 años de gracia después del alejamiento de la Universidad.
b) Se paga en Cuotas Anuales de valor no mayor al 5% de los ingresos. Pudiendo quedar exento (las veces que corresponda) si ellos junto a su situación conyugal y financiera, es menor a cierto umbral
c) Al tener dos o más U’es acreedoras, el ex -alumno paga sólo el 5% por todas las U’es
d) La tasa de interés es del 2% anual
e) Si cumplido el plazo de 15 o 12 (según monto de deuda) años no se registra morosidad al vencimiento de la Cuota 15ª (12ª), el Saldo de Deuda que exista se condona ( si los ingresos son bajos, puede condonarse toda la deuda).
f) Si estudia post grado de magíster y/o doctorado se suspende el pago de cuota anual.
g) Opción de pago adelantado del Saldo Deudor con descuento de hasta un 25%
El punto e) implica que si una vez retirado de la Universidad el ex alumno no tiene recursos “NO PAGA” Cuotas Anuales, con lo cual al cabo de 12 o 15 años se logra que la “gratuidad” sea para quienes NO pueden efectivamente pagar y no a priori como se postula aplicar a través del otorgamiento de BECAS.
Este sistema permite igualdad de oportunidades entre los que tienen y los que no tienen recursos al ingresar a la universidad y la gratuidad se concretaría una vez retirados de la Universidad, egresados o no. Con este sistema los alumnos valorarían lo que significa la oportunidad de estudiar. Si es gratis a priori, se cambiarán de carreras, no estudiarán, repetirán mucho más etc.… y con esta propuesta se cumple que aprenden a valorar lo que les cuesta.
Durante los estudios no deben pagar nada aquellos alumnos que tienen 100% de asignación de Crédito. Existen alumnos con menos asignación porque los Fondos de Créditos no tienen los recursos suficientes para “comprar” más Pagarés en cada año y ese es el problema que se debe solucionar.
Aspecto que se debe mejorar del sistema de financiamiento Ley 19.287: Asignar más recursos a los Fondos de Crédito para que puedan “comprar” más pagarés de asignación de crédito y así aumentar el número de los alumnos liberados de pagar o pagando muy poco.
Solución para el sistema universitario privado: Aplicar este modelo que es más barato para el Estado que el “Crédito con Aval del Estado” actualmente vigente y que los actuales deudores no lo pagarán, aún cuando se haya bajado la tasa al 2% ya que no tiene el mecanismo de pago del 5% de los ingresos.
Contribución sobre gratuidad en Educación Superior Detalles Publicado: Sábado, 24 Enero 2015 14:00 Escrito por Administrador En el contexto del permanente análisis sobre los temas contingentes, se ha recibido una contribución sobre " Gratuidad en la Educación superior", propuesta por un miembro de…