16/10/2025
ACLARACION PUBLICA
Respecto a los documentos que cuestionan el traspaso de los Programas Habitabilidad y Apoyo a la Seguridad Alimentaria (ASAL) al FOSIS
Frente a los antecedentes difundidos recientemente en los documentos titulados “Minuta Ejecutiva” e “Indicaciones para modificar la propuesta de Ley de Presupuesto 2026”, las y los trabajadores a honorarios del Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS) manifestamos lo siguiente:
ANTECEDENTES
Sin prejuicio de contravenir y controvertir los argumentos expresados en las denominadas minutas, queremos señalar que nada justifica la descalificación gratuita e injuriosa que señala el documento respecto al desempeño del FOSIS y sus profesionales.
No obstante, aquello, y dada la falsedad de los hechos expresados, nos corresponde señalar lo siguiente:
1. Sobre el origen y legitimidad del traspaso
El traspaso de los programas Habitabilidad y Apoyo a la Seguridad Alimentaria al FOSIS no es una medida improvisada ni carente de planificación. Este proceso se origina en acuerdos formales sostenidos entre el Ministerio de Desarrollo Social y Familia y el propio FOSIS, respaldados por evaluaciones técnicas y compromisos institucionales adoptados durante los años 2023 y 2024, orientados a fortalecer la gestión pública y reconocer el trabajo sostenido de más de 100 profesionales a honorarios que brindan asistencia técnica en terreno.
2. Sobre la capacidad técnica y administrativa del FOSIS
El FOSIS cuenta con más de tres décadas de experiencia en la ejecución, seguimiento y evaluación de programas sociales, con presencia territorial en todo el país y una estructura administrativa sólida y descentralizada. A diferencia de lo que se plantea, el FOSIS no carece de capacidad operativa: dispone de sistemas de control (SGI, SISREC, SIGFE, CEDOC, etc.) auditados por la Contraloría General de la República, y ejecuta convenios con más de 300 municipios cada año, con altos niveles de cumplimiento y transparencia.
3. Sobre la continuidad del acompañamiento técnico
Es importante aclarar que dentro de los convenios establecidos con el Ministerio se garantiza que el Servicio de Asistencia Técnica cuenta con profesionales idóneos, con las especialidades correspondientes a sus funciones, asegurando así la adecuada ejecución de los programas y la correcta utilización de los recursos públicos.
Asimismo, los procesos de rendición y supervisión técnica se encuentran sujetos a mecanismos de control y seguimiento permanentes, que buscan fortalecer la transparencia y eficiencia en la gestión.
El traspaso de los programas al FOSIS no representa una disminución de la supervisión institucional, sino que, por el contrario, refuerza la articulación técnica y territorial, otorgando mayor agilidad en la ejecución, mejor control financiero y coherencia con los objetivos sociales definidos por el Estado.
4. Sobre la transparencia y rendición de cuentas
Es falso que el traspaso implique falta de control o conflicto de interés. El FOSIS mantiene separación de funciones entre planificación, ejecución, supervisión y rendición de recursos (principio de instancias diferenciadas), además de protocolos institucionales aprobados por Contraloría y DIPRES, asegurando transparencia en cada etapa. El nuevo esquema evita demoras de hasta tres meses en el inicio de los convenios, lo que en años anteriores afectó gravemente la atención a las familias beneficiarias.
5. Sobre el impacto territorial y social
La ejecución directa por el FOSIS permitirá aumentar la cobertura y llegar a más familias en condiciones de vulnerabilidad; mejorar la coordinación intersectorial, especialmente con programas de emprendimiento, inclusión y desarrollo local; y optimizar el uso de recursos públicos, eliminando la duplicidad de procesos entre Ministerio, SEREMI y servicios relacionados. Este cambio no elimina la participación de las SEREMI, sino que redefine sus funciones hacia el seguimiento y evaluación estratégica.
6. Sobre los trabajadores a honorarios
El traspaso reconoce y visibiliza la labor de más de 100 profesionales que durante más de 15 años han sostenido la asistencia técnica de ambos programas, sin estabilidad ni reconocimiento laboral. Este paso abre el camino a la dignificación del trabajo público, garantizando continuidad, experiencia acumulada y compromiso con las familias beneficiarias.
En conclusión, el traspaso de Habitabilidad y ASAL al FOSIS no debilita la política social, sino que la fortalece. Permite consolidar una gestión técnica, descentralizada, eficiente y humana, asegurando que los recursos lleguen a tiempo a quienes más lo necesitan. Desmentimos categóricamente que se trate de una medida improvisada o sin sustento técnico. Por el contrario, responde a un proceso planificado, coherente con la experiencia acumulada del FOSIS y respaldado por la trayectoria de sus equipos en terreno.
Sindicato Nacional de Trabajadores a Honorarios del FOSIS
Asociación Nacional de Funcionarios del FOSIS
Octubre 2025
ANEXO LEGAL Y NORMATIVO
El siguiente marco legal respalda el traspaso de los programas Habitabilidad y Apoyo a la Seguridad Alimentaria (ASAL) desde el Ministerio de Desarrollo Social y Familia al Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS), garantizando su legalidad, coherencia institucional y continuidad técnica.
1. Ley N° 18.989 – Crea el Fondo de Solidaridad e Inversión Social (FOSIS)
Artículos 7° y siguientes: Establecen que el FOSIS tiene por objeto promover el desarrollo social de personas y familias en situación de pobreza, y ejecutar programas y proyectos que mejoren sus condiciones de vida. El traspaso de Habitabilidad y ASAL se ajusta plenamente a este mandato legal.
2. Ley N° 18.575 – Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado
Artículo 5°: Dispone que los órganos del Estado deben coordinarse para cumplir eficientemente sus fines, y permiten la delegación o desconcentración de funciones para mejorar la gestión pública. El traspaso cumple este principio de eficiencia administrativa.
3. Leyes de Presupuestos del Sector Público
Permiten establecer reasignaciones o traspasos de programas entre servicios públicos, asegurando la continuidad de políticas sociales. El proyecto de Ley de Presupuesto 2026 radica formalmente Habitabilidad y ASAL en el FOSIS, con respaldo de la DIPRES.
4. DFL 29 de 2004, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834 – sobre Estatuto Administrativo para Funcionarios Públicos
Artículos 10° y siguientes: Regulan la contratación a contrata en el sector público. El traspaso contribuye a la regularización de trabajadores a honorarios permanentes, en línea con la dignificación del empleo público.
5. Ley N° 20.530 – Crea el Ministerio de Desarrollo Social y Familia
Artículo 2°: Define la coordinación de políticas sociales con servicios relacionados, delegando ejecución técnica en organismos especializados. El traspaso cumple con este mandato modernizador.
Artículos 4° y 5°: Permiten que el Ministerio delegue ejecución de programas en sus servicios dependientes, como el FOSIS, manteniendo la supervisión técnica y presupuestaria. El traspaso no separa los programas del Ministerio, sino que los radica en su servicio especializado
7. Alineamiento con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 1 y 11)
El traspaso contribuye directamente al cumplimiento de los ODS sobre erradicación de la pobreza (ODS 1) y acceso a vivienda digna y sostenible (ODS 11), fortaleciendo la acción estatal en territorios vulnerables.
En síntesis, el traspaso de los programas Habitabilidad y ASAL al FOSIS cumple con el marco normativo vigente, fortalece la eficiencia de la gestión pública y mantiene la supervisión ministerial, asegurando la transparencia, continuidad y eficacia en la implementación de políticas sociales que benefician directamente a las familias más vulnerables del país.