01/06/2026
La Corte Constitucional fue clara: la autonomía contractual de las empresas de medicina prepagada no puede usarse para justificar actos discriminatorios.
En este caso, protegió los derechos de una niña con cáncer cerebral frente a la negativa de una entidad de medicina prepagada de estudiar nuevamente su afiliación, pese a conocer su condición de salud.
La Corte recordó que razones administrativas o económicas no pueden convertirse en barreras de acceso, especialmente, cuando se trata de una menor de edad.
Sentencia T-095 de 2026
M.P. Juan Carlos Cortés González
Boletín: https://www.corteconstitucional.gov.co/noticias/la-autonomia-de-la-voluntad-privada-de-las-empresas-de-medicina-prepagada-no-justifica-actos-discriminatorios-corte-10457