30/01/2026
Un caso para abogados: "la suspensión del decreto declaratorio produce un efecto principalmente prospectivo: impide la expedición de nuevas medidas legislativas extraordinarias, pero no borra retroactivamente las disposiciones ya dictadas, las cuales permanecen vigentes hasta tanto la Corte Constitucional adopte una decisión definitiva y particular respecto de cada una”. O sea cada decreto expedido continua vigente hasta tanto la Corte no se pronuncie INDIVIDUALMENTE sobre cada caso. Entonces como quedamos con este principio: "Lo accesorio sigue la suerte de lo principal" Esto solo es para abogados... por que yo no entender..