Our Story
Nuestra Misión
Dar a conocer las diferentes leyes que amparan los derechos de las personas con disCapacidad (PcD) principalmente la Convención Internacional sobre los derechos de las PcD y la ley 7600 de igualdad de oportunidades para PcD. Enseñar a la población con disCapacidad sus derechos y a cumplir sus deberes.
Nuestra Visión: Crear una cultura de respeto y accesibilidad
Descripción
Reconociendo que la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPCD) y a su Protocolo Facultativo, aprobado en Costa Rica el 29 de setiembre de 2008 mediante la ley 8661 , además de la ley 7600 de igualdad de oportunidades para PcD aprobada el 29 de mayo de 1996 y su reglamento publicado en el diario oficial La Gaceta el 20 de abril de 1998 y la Convención Interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las PcD aprobada en Costa Rica mediante la ley 7948 el 18 de Noviembre de 1999
Reconociendo que ante la ausencia en nuestro país del cumplimiento en la divulgación de estas leyes, la ausencia de promoción de la toma de conciencia y la ausencia de campañas de sensibilización a favor de los derechos humanos de las PcD, nace esta Campaña Nacional 7600 Por los derechos de las personas con disCapacidad, fundada por el activista José Rafael Araya Leandro, en la cual pretendemos que tanto empresas privadas de servicio público, instituciones gubernamentales y población en general sean conscientes de respetar y hacer valer las leyes que amparan los derechos de las PcD. Para lograr nuestras metas no sólo basta quejarse y presentar denuncias sino que divulgamos este mensaje de toma de conciencia y accesibilidad basados en artículos 8 y 9 de la convención internacional sobre los derechos de las PcD, en los objetivos de la ley 7600 y de la convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación de las PcD. Además de presentar las denuncias respectivas ante las contralorías de servicio de todas las empresas públicas y privadas para que conozcan las fallas que tienen y las rectifiquen, lo mismo que a sus clientes generarles la cultura del respeto a los espacios reservados y preferenciales para PcD. También que la población y conductores entiendan que es una falta grave estacionarse en aceras y obstruir rampas, se debe cambiar la mentalidad de ver esto como algo normal, debemos denunciar y hacer que las autoridades cumplan su deber de multar y sancionar a quienes incumplen la ley.
Aprovecharemos todos los medios posibles para promover la toma de conciencia y accesibilidad, además de contar con el apoyo de todos los seguidores de nuestra página www.facebook.com/CN7600
LEY 7600 IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS
PERSONAS CON DISCAPACIDAD.
Esta campaña nacional estará centralizada en la lucha de los derechos humanos de las personas con discapacidad, para comenzar nos enfocamos en el buen uso de los espacios que nos otorga la ley 7600 y nos enfocaremos en dar a conocer los siguientes artículos:
ARTÍCULO 43.Estacionamientos
ARTICULO 154.- Estacionamientos reservados
ARTICULO 155.- Características de los estacionamientos reservados
ARTICULO 156.- Autoridad policial
ARTICULO 157.- Requisitos y condiciones para uso de estacionamientos reservados
ARTICULO 158.- Acreditación para el uso de los estacionamientos
Reservados
ARTICULO 159.- Identificación oficial
ARTICULO 160.- Vehículos que transporten a personas con discapacidad
ARTICULO 161.- Codificación y permiso de circulación
LEY DE TRANSITO 9078
CAPÍTULO II
ESTACIONAMIENTO EN VÍAS PÚBLICAS
ARTÍCULO 96.- Estacionamientos preferenciales
ARTÍCULO 145.- Multa categoría C
ARTÍCULO 147.- Multa categoría E