01/12/2023
CGT INFORMA 📢📢📢📢🔊🔊🔊
LA APARENTE PROMOCIÓN INTERNA VERTICAL DEL PERSONAL DE ADMINISTRACIÓN Y SERVICIOS, Y OTRAS CUESTIONES DE INTERÉS PARA EL PAS
Analizando la falta de INCLUSIÓN DE VACANTES en las convocatorias de promoción interna del personal de administración y servicios, puesto que la única promoción vertical que existe se realiza a través de la promoción directa en el puesto de trabajo, o de la reclasificación de los puestos de los trabajadores que aprueban, hemos encontrado algunas razones, por las que creemos en la CGT persiste esta irregular forma de promoción:
1. – La Universidad invierte apenas presupuesto en la promoción interna vertical del PAS, al experimentar para las personas que aprueban el subgrupo superior, como único incremento, la diferencia del salario base que venía cobrando con el del subgrupo aprobado. Al quedarse en el mismo puesto, ni su complemento de destino en la mayoría de los casos, ni su complemento específico, varían.
2. – Además la Universidad retrasa, año tras año, los procesos de promoción interna, estando pendiente de convocarse las plazas incluidas en las ofertas de 2021, de 2022 y la que todavía ni se ha negociado, que corresponde a este año 2023. La última promoción interna para el PAS se convocó en 2021, prueba de los retrasos puesto que se convocaron las plazas de las ofertas de 2018, 2019 y 2020.
La explicación de esta mala praxis de la Universidad no es otra que su interés en convocar fuera de esta institución, las vacantes de niveles altos, como por ejemplo las que se han convocado en este año de A2, cuyas funciones se describen en la propia R.P.T., por lo que se deben convocar por promoción interna y no a la calle, para que las ocupen personas “ajenas” a esta administración. La Universidad sigue desvirtuando la razón de ser de la Relación de Puestos, quebrantando su orden jerárquico y el de responsabilidad, generando agravios al personal sin que haya coherencia entre responsabilidad y retribuciones, como por ejemplo fomentando la creación de unidades y servicios donde un A1 ocupa un puesto de ejecutivo y el responsable de esa Unidad o servicio, es un A2.
DESDE AQUÍ y dirigimos este correo al Rector, VOLVEMOS A SOLICITAR LA INCLUSIÓN DE LAS PLAZAS VACANTES en la promoción interna vertical del PAS en las próximas convocatorias, dejando sin efecto las dos convocatorias publicadas en los DOCM del pasado 14 de marzo y la del pasado 19 de junio.
ACTUALIZACIÓN DE TEMARIOS Y PREGUNTAS DE EXÁMEN EN CUALQUIER PROCESO SELECTIVO_
El Tribunal o Comisión de Valoración podrá preguntar sobre las leyes y normas que entren en el temario que se hayan publicado y entrado en vigor hasta el mismo día del examen.
DESEMPEÑOS TEMPORALES CON EXCLUSIONES DE PARTICIPANTES DE OTROS CAMPUS
No se puede excluir a personal de otros campus porque no está establecido en la normativa que nosotros sepamos, a saber, TODO LO QUE NO ESTÉ PUBLICADO, NO EXISTE Y NO SE PUEDE APLICAR.
LLAMAMIENTOS DE BOLSA DE TRABAJO Y LO QUE DEBES TENER EN CUENTA CUANDO TE OFRECEN UNA VACANTE
La normativa expresa:
“a) Se hará distinción entre vacante (entendiéndose por vacante, plaza sin titular) y sustitución o necesidad que puntualmente se produzca.
b) Las vacantes se ofertarán a todos los integrantes de la correspondiente bolsa de trabajo por el orden establecido en la misma que se encuentren en situación de disponible o trabajando en plaza no vacante en esa misma escala y
campus correspondiente. Al empleado que se encuentre trabajando en plaza no vacante, la oferta se realizará solo por una vez mientras dure su nombramiento en dicha plaza.
c) En caso de existir a la vez varias sustituciones se comunicarán al aspirante que corresponda para su elección.
d) En el caso de que se ocasionara el cese del funcionario interino o laboral equivalente, éste iría a ocupar la misma posición que tenía en la bolsa.
e) Los candidatos que se encuentren prestando servicio en la UCLM, en la misma Escala o categoría laboral equivalente, en un puesto a tiempo parcial, serán llamados con ocasión de la oferta de un puesto a tiempo completo, y si dicho puesto tiene la naturaleza de vacante se atenderá a lo establecido en el apartado b).”
Que si te cambias de puesto NO te pueden ofrecer otra vacante.
Que la vacante puede haber sido incluida en la oferta de empleo del año o años anteriores.
Que la vacante se haya producido en el año actual, por lo que deberá ser incluida en la oferta de este mismo año o del próximo si se produjera ya publicada la oferta de 2023.
Defendemos tus derechos y velamos por la igualdad en todos los ámbitos.
CGT en defensa de tus derechos
Porque todos los sindicatos
NO SOMOS IGUALES
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