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Avplayalaguna Somos la Asociación de Vecinos de La Laguna - Chipiona ( CADIZ) [email protected]

09/09/2026

?Cuando entenderá el Ayuntamiento de Chipiona que tiene obligación de atender y responder a los escritos y demandas ciudadanas y que los Servicios Públicos están para atender y resolver las cuestiones que se le plantean?
Parece que ni las Sentencias condenatorias sirven. Va siendo hora de que algun@ se entere que no cobra de por vida por estar, sino por cumplir.
Seguimos adelante . . . .

Ni entendemos, ni compartimos esta reducción de horario.Una más
09/09/2026

Ni entendemos, ni compartimos esta reducción de horario.
Una más

El autobús urbano de Chipiona reduce sus servicios desde hoy por la entrada de la temporada media-baja

Radiotelevisión municipal de Chipiona, 9 de septiembre de 2026

El transporte urbano de Chipiona entra desde hoy miércoles, 9 de septiembre, en su periodo de temporada media-baja, tras la finalización de la festividad de Nuestra Señora de Regla. El cambio supondrá una modificación de los horarios e itinerarios del servicio de autobús, que se mantendrá bajo este régimen hasta el próximo 12 de octubre.
Así lo ha comunicado el Ayuntamiento de Chipiona que ha informado que, durante este periodo, las líneas 2 y 3, correspondientes a los recorridos de Valdeconejos y Costa Ballena, quedan suspendidas hasta la próxima temporada.
Por su parte, la línea 1, de carácter circular, continuará prestando servicio, aunque únicamente durante la mañana. La línea realizará cinco recorridos diarios, con salidas programadas a las 08:30, 10:00, 11:00, 12:00, 13:00 y 14:00 horas.
La temporada media-baja concluirá el lunes 12 de octubre. A partir de esa fecha finalizará el servicio de transporte urbano correspondiente al año 2026.

07/09/2026
06/09/2026

Chipiona 6 De Septiembre 2026

FUERA VERTEDERO DE LOS AMARILLOS YA

05/09/2026
05/09/2026

🔴 Rescatan el cuerpo sin vida de un joven en la desembocadura del Guadalquivir

➡️ El cadáver ha sido hallado en la madrugada de este viernes tras un dispositivo de búsqueda activo desde el miércoles, en el que ha participado Salvamento Marítimo

El cuerpo sin vida de un varón joven ha sido rescatado en la madrugada de este viernes en la desembocadura del Guadalquivir, después de que desde el miércoles se mantuviera activo un dispositivo para tratar de localizarlo.

En las labores de búsqueda ha participado, entre otros medios, un helicóptero de Salvamento Marítimo con base en Jerez, que ha rastreado durante estos días la zona de la desembocadura ante la posible presencia de una persona desaparecida en el agua.

Finalmente, el cadáver ha sido localizado durante la madrugada de este viernes, poniendo fin al operativo de búsqueda desarrollado desde el miércoles.

🔗 https://barramedia.es/sucesos/35260/rescatan-el-cuerpo-sin-vida-de-un-joven-en-la-desembocadura-del-guadalquivir

03/09/2026

El Ayuntamiento seguirá investigando las causas y posible responsabilidad de la incidencia

01/09/2026

‼️📸 FOTO DENUNCIA CHIPIONA ‼️

💁🏼‍♂️Luis Felipe Pajares Briones , envia lo siguiente:

PASOS PARA RECLAMAR AL AYUNTAMIENTO INDEMNIZACIONES POR CAÍDAS EN LA VÍA PÚBLICA.

Para reclamar a un Ayuntamiento indemnizaciones por caídas en la vía pública, se deben seguir, los siguientes pasos:

1. Recopilar todas las pruebas que sean necesarias, por ejemplo: a. Atestado Policial, para lo cual deberás llamar a la Policía Local para que levante acta del estado de la acera, la iluminación y las circunstancias. b. Contar con el parte médico, en el cual se indique «Refiere caída en la vía pública en la calle [Nombre] a las [Hora]», a tales fines se debe acudir a urgencias antes de que pasen 24 horas. c. Testigos, en caso de que existan personas que hayan presenciado la caída y/o accidente, deberás solicitar sus datos de contacto. d. Contar con un reportaje fotográfico, donde se pueda evidenciar el desperfecto (bache, baldosa, grasa) tanto de cerca como de lejos para contextualizar el lugar.

2. Posteriormente –de manera obligatoria, antes de acudir a la vía judicialse debe reclamar mediante escrito al Ayuntamiento, a través del Registro General del Ayuntamiento o a través de su Sede Electrónica, a tales fines se dispondrá de un plazo de un año desde que se estabilizan las lesiones. En este escrito, se deberá mencionar:

a. Identificación del reclamante.

b. Relato detallado de los hechos y lugar exacto.

c. Justificación del nexo causal –especificar por qué la caída es culpa del Ayuntamiento-.

d. Evaluación económica -aunque sea una estimación inicial-.

3. Una vez presentada la reclamación, el Ayuntamiento abrirá un procedimiento donde: a. Pedirá informes al departamento de Vías y Obras. b. Podría citar a tus testigos. c. Si la cuantía es superior a cierta cantidad (según la comunidad autónoma, suele ser 600 € o 1.000 €), se solicitará un dictamen al Consejo Consultivo regional.

4. El Ayuntamiento tiene un plazo de 6 meses para resolver. En este caso, se puede dar alguno de los siguientes escenarios: a. Resolución: Aceptan el pago de la indemnización por caída en la vía pública o se niegan a efectuarlo. b. Silencio Administrativo: Si pasan 6 meses sin respuesta, se entiende desestimada la reclamación.

5. Ante una resolución desestimatoria o ante el silencio de la Administración se podrá interponer un Recurso de Reposición, el cual sirve para pedir al propio Ayuntamiento que revise su negativa, o acudir a la vía judicial para interponer un recurso contencioso-administrativo.

Fundamento jurídico que sustenta la procedencia de las indemnizaciones por caídas en la vía pública:

- El artículo 106.2 de la Constitución Española. Dicho precepto reconoce el derecho de los particulares a ser indemnizados por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, salvo en los supuestos de fuerza mayor, siempre que aquélla sea consecuencia del funcionamiento de los servicios públicos.
- El artículo 32.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (en adelante, Ley 40/2015), dispone que los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las Administraciones Públicas correspondientes por toda lesión que sufran en cualquiera de sus bienes y derechos, siempre que esta sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos, salvo en los casos de fuerza mayor o cuando el particular tenga el deber jurídico de soportar el daño de acuerdo con la ley.

Dirección

Avenida La Laguna/edificio Costa Marina
Chipiona
11550

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