29/01/2026
🛴*TRÁFICO PONE EN MARCHA EL REGISTRO DE VEHÍCULOS PERSONALES LIGEROS, COMO SON LOS VEHÍCULOS MOVILIDAD PERSONAL VMP*🛴
🛴El Consejo de Ministros ha aprobado este martes el real decreto que regula el funcionamiento del Registro de Vehículos Personales Ligeros, que establece la obligación de inscripción de los vehículos de movilidad personal (VMP), como son los patinetes eléctricos.
Con esta medida se da cumplimiento a la disposición adicional primera de la Ley 5/2025, que exige la obligación de obtener *SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL* para todos los vehículos de movilidad personal, al haber entrado en vigor este registro de vehículos que será gestionado por la Dirección General de Tráfico.
🤔¿Quienes deben inscribir los VMP en el registro de la DGT?:
-Todos los propietarios de patinetes eléctricos u otro tipo de VMP, o sus tutores legales en caso de menores de edad.
🤔¿Como se realiza el registro de los VMP?.
-El registro se puede realizar de forma telemática en la sede electrónica de la web de la DGT.
En el teléfono 060 se ofrecerá ayuda a los usuarios en el proceso de registro e inscripción de su VMP en caso de necesitarlo.
🤔En la actualidad circulan 2 tipos de VMP:
1°) VMP que dispone de certificado de circulación. Estos cumplen con los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP,. Estos se comercializan desde el 22 de enero de 2024, y disponen de una placa de marcaje de fábrica única, similar a una matrícula.
2°) VMP que no disponen de certificado de circulación.
Estos VMP no cumplen los requisitos técnicos recogidos en el Manual de Características, y por tanto, no tienen placas de marcaje de fábrica.
A este tipo de vehículos, comercializados entes de 22 de enero de 2024, se les permitirá circular hasta el 22 de enero de 2027, aunque carezcan de certificado de circulación, pero también han de ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos y obtener el SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL.
Para este tipo de patinetes, además de una serie de datos personales del titular, sólo se deberá adjuntar factura de compra, para acreditación de la fecha de compra, o ficha técnica, o fotografía del VMP.
Sólo podrán circular hasta el 22 de enero de 2027.
🤔Una vez obtenido el certificado de inscripción, similar a una matrícula, se deberá instalar la etiqueta identificativa en un manipulador de placas habilitado.
La etiqueta se deberá instalar en un porta-identificador, en un lugar visible.
🤔 Posibles sanciones:
-Por carecer del seguro obligatorio de responsabilidad civil:
Será sancionado con multa de entre 202€ y 610 €.
-Por circular con un VMP sin seguro de responsabilidad civil:
Será sancionado con multa de entre 250€ y 800 €.
*Este registro, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, que está previsto para las próximas fechas*