29/07/2026
Hoy celebramos sesión híbrida del Pleno de la Sala Superior del TEPJF.
En uno de los asuntos, declaramos que el Consejo Nacional de Morena incurrió en una omisión al no atender una solicitud de su militancia que previamente le había sido reencauzada por esta Sala Superior.
La vida interna de los partidos también está sujeta a la Constitución: sus órganos deben responder de manera fundada, motivada y dentro de un plazo razonable.
En otro caso, confirmamos la resolución del INE que sancionó a una organización en proceso de constituirse como partido político nacional, después de detectar registros de afiliación en los que se utilizaron imágenes obtenidas de pantallas o dispositivos para aparentar una captación realizada conforme al procedimiento establecido.
La apertura del sistema de partidos exige pluralidad, pero también cumplimiento estricto de la ley. Facilitar la participación política no disminuye los controles destinados a comprobar que las afiliaciones sean reales, libres y verificables.
Las decisiones de la Sala Superior se sustentan en hechos acreditados, reglas aplicables y derechos que deben protegerse.
La justicia electoral corrige omisiones, exige responsabilidades y garantiza que todos los participantes compitan bajo las mismas reglas.