Gilberto Bátiz García

Gilberto Bátiz García Magistrado Presidente de la Sala Superior del TEPJF

Hoy celebramos sesión híbrida del Pleno de la Sala Superior del TEPJF.En uno de los asuntos, declaramos que el Consejo N...
29/07/2026

Hoy celebramos sesión híbrida del Pleno de la Sala Superior del TEPJF.

En uno de los asuntos, declaramos que el Consejo Nacional de Morena incurrió en una omisión al no atender una solicitud de su militancia que previamente le había sido reencauzada por esta Sala Superior.

La vida interna de los partidos también está sujeta a la Constitución: sus órganos deben responder de manera fundada, motivada y dentro de un plazo razonable.

En otro caso, confirmamos la resolución del INE que sancionó a una organización en proceso de constituirse como partido político nacional, después de detectar registros de afiliación en los que se utilizaron imágenes obtenidas de pantallas o dispositivos para aparentar una captación realizada conforme al procedimiento establecido.

La apertura del sistema de partidos exige pluralidad, pero también cumplimiento estricto de la ley. Facilitar la participación política no disminuye los controles destinados a comprobar que las afiliaciones sean reales, libres y verificables.

Las decisiones de la Sala Superior se sustentan en hechos acreditados, reglas aplicables y derechos que deben protegerse.

La justicia electoral corrige omisiones, exige responsabilidades y garantiza que todos los participantes compitan bajo las mismas reglas.

29/07/2026

Acompáñanos en la transmisión de la sesión pública de Sala Superior del TEPJF

Hoy en El Universal publico “Treinta años de justicia electoral”, una reflexión sobre el origen, la evolución y las apor...
29/07/2026

Hoy en El Universal publico “Treinta años de justicia electoral”, una reflexión sobre el origen, la evolución y las aportaciones del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación a la democracia mexicana.

Durante tres décadas, el TEPJF ha contribuido a que los conflictos electorales se resuelvan mediante razones jurídicas, ha protegido los derechos político-electorales de la ciudadanía y ha fortalecido la gobernabilidad democrática y la paz social.

Esta publicación abre una serie: cada 15 días compartiré en este espacio una nueva entrega sobre la historia, las decisiones y las contribuciones del Tribunal Electoral, para explicar su función constitucional, examinar sus desafíos y aportar elementos a una conversación pública más informada.

Les invito a leer y compartir.

https://www.eluniversal.com.mx/opinion/gilberto-batiz-garcia/treinta-anos-de-justicia-electoral/

En 1824, Chiapas tuvo que decidir su lugar en una región todavía en disputa.El plebiscito chiapaneco fue parte de un pro...
23/07/2026

En 1824, Chiapas tuvo que decidir su lugar en una región todavía en disputa.

El plebiscito chiapaneco fue parte de un proceso político marcado por tensiones internas, presiones externas y proyectos nacionales en competencia.

En el artículo “El plebiscito chiapaneco en la Constitución mexicana de 1824”, publicado por Memórica. México, haz memoria, del Archivo General de la Nación (AGN), reviso este episodio como un antecedente de soberanía popular, representación política y federalismo.

Chiapas no fue federado por inercia. Su pertenencia a México se resolvió mediante una decisión política que vale la pena repasar y repensar.

Les comparto el artículo, esperando sea de su interés:

https://memoricamexico.gob.mx/es/memorica/el_plebiscito_chiapaneco

Hoy, en sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvimos asunto...
22/07/2026

Hoy, en sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvimos asuntos relacionados con la fiscalización de partidos y organizaciones políticas, la autonomía y legalidad de las autoridades electorales, la igualdad sustantiva y la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía.

Entre los asuntos analizados, resolvimos una controversia vinculada con la revisión de los ingresos y gastos de un partido político. La decisión confirmó diversas sanciones cuando la autoridad fiscalizadora actuó dentro de sus atribuciones, acreditó las irregularidades y sustentó debidamente sus conclusiones. Al mismo tiempo, revocó parcialmente aquellas determinaciones en las que no se examinaron de manera completa los argumentos, las pruebas o las condiciones necesarias para garantizar una defensa efectiva.

La fiscalización electoral es un mecanismo de rendición de cuentas que permite a la ciudadanía conocer el origen, el destino y la aplicación de los recursos públicos entregados a los partidos. Precisamente por la relevancia de esa función, sus determinaciones deben ser estrictas, pero también exhaustivas; firmes, pero plenamente motivadas; eficaces, pero respetuosas del debido proceso.

No existe contradicción entre vigilar con rigor el financiamiento político y exigir que toda sanción se sustente en un análisis completo de los hechos. Ambas exigencias forman parte de una misma responsabilidad: proteger la integridad de la fiscalización y, al mismo tiempo, la legitimidad de sus decisiones.

La democracia exige controles eficaces; el Estado constitucional, que esos controles se ejerzan con razones, pruebas y respeto irrestricto a los derechos.

22/07/2026

Acompáñanos en la transmisión de la sesión pública de Sala Superior del TEPJF

Agradezco a Los 300 Líderes Más Influyentes de México ( Líderes Mexicanos ) por incluirme en su edición 2026.Lo asumo co...
18/07/2026

Agradezco a Los 300 Líderes Más Influyentes de México ( Líderes Mexicanos ) por incluirme en su edición 2026.

Lo asumo como un incentivo para seguir desempeñando, con responsabilidad y prudencia institucional, la alta encomienda que la ciudadanía me confirió al frente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

Seguiré trabajando para que la justicia electoral esté siempre a la altura de la confianza de las y los mexicanos.

Hoy celebramos sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que ...
16/07/2026

Hoy celebramos sesión pública de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que resolvimos diversos medios de impugnación vinculados con la vida interna de los partidos políticos, la fiscalización de los recursos utilizados por organizaciones que buscan constituirse como partidos, la protección de los derechos político-electorales de los pueblos y comunidades indígenas, así como asuntos relacionados con la organización de los procesos electorales.

Asimismo, aprobamos criterios jurisprudenciales que fortalecen la tutela de los derechos colectivos de los pueblos indígenas y brindan mayor certeza en la aplicación de nuestro sistema de precedentes.

Cada uno de estos asuntos refleja la amplitud de la función constitucional del Tribunal Electoral. Nuestra labor no se limita a resolver controversias; también consiste en garantizar que la competencia política se desarrolle dentro del marco constitucional, proteger los derechos de la ciudadanía, fortalecer la rendición de cuentas y ofrecer certeza jurídica a las autoridades electorales, los partidos políticos y la sociedad.

La democracia es fuerte cuando las diferencias encuentran cauce en las instituciones y las decisiones se sustentan en razones jurídicas.

15/07/2026

Acompáñanos en la transmisión de la sesión pública de Sala Superior del TEPJF

Dirección

Avenida Carlota Armero 5000(Tribunal Electoral Del Poder Judicial De La Federación Sala Superior)
Mexico City
04489

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Gilberto Bátiz García publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Atajos

Compartir