09/10/2026
En un juicio de divorcio, donde estaban involucrados tres menores de edad, el Juzgado Segundo Oral Familiar de Morelia advirtió que el conflicto relativo a la convivencia con el padre no podía resolverse únicamente mediante la fijación de derechos y obligaciones sino que requería una atención integral.
A partir de las valoraciones psicológicas realizadas, se identificó un deterioro en el vínculo entre el padre y sus hijos, así como factores emocionales y familiares que dificultaban una convivencia sana. Por ello, se estableció un régimen de convivencia diferenciado y progresivo para cada menor y se ordenó la intervención del Centro Estatal de Justicia Alternativa y Restaurativa de Michoacán.
Esta intervención busca generar, de manera gradual y especializada, condiciones que permitan reconstruir el vínculo paterno-filial cuando ello resulte benéfico para las niñas, niños y adolescentes (NNA). Para ello, se contempla acompañamiento psicológico, orientación y reeducación parental, así como espacios seguros para que los menores puedan expresar sus emociones y necesidades.
La resolución precisa que la justicia terapéutica no sustituye la función del juez ni implica imponer la convivencia. Se trata de una herramienta complementaria que permite atender los aspectos emocionales y relacionales que pueden estar influyendo en un conflicto familiar, al tiempo que se mantiene como prioridad el interés superior de las NNA.
Con esta determinación, el Poder Judicial de Michoacán reconoce la importancia de abordar los conflictos familiares de manera integral, procurando que las decisiones judiciales no solo resuelvan los aspectos jurídicos, sino que también contribuyan al bienestar y desarrollo de las personas menores de edad.