07/08/2026
EL 15 DE AGOSTO ES DÍA CÍVICO NO LABORABLE
SOLO EN LA PROVINCIA DE AREQUIPA
La Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo del Gobierno Regional de Arequipa hace de conocimiento que, conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley N.° 24875, se declara Día Cívico No Laborable el 15 de agosto de cada año en la provincia de Arequipa, con motivo de la celebración del aniversario de la fundación de la ciudad.
Esta disposición resulta aplicable tanto al sector público como al sector privado, en concordancia con lo establecido por el artículo 5 de la Ley N.° 29744 y las disposiciones sobre descansos remunerados previstas en el Decreto Legislativo N.° 713 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N.° 012-92-TR.
En ese sentido, durante el año 2026, el 15 de agosto corresponde a un día sábado, por lo que el descanso cívico no laborable se aplica el mismo sábado 15 de agosto, dentro del ámbito de la provincia de Arequipa. No corresponde trasladar este descanso al lunes 17 de agosto, debido a que se trata de un feriado cívico de ámbito no nacional establecido expresamente para el 15 de agosto.
En el sector público, corresponde el descanso remunerado en la fecha señalada, sin que ello implique la obligación de compensar las horas dejadas de laborar. En el sector privado, los trabajadores que laboren durante dicha fecha deberán observar las disposiciones correspondientes al trabajo efectuado en día feriado, conforme al régimen laboral aplicable.
La Gerencia Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Arequipa exhorta a empleadores y trabajadores a observar las disposiciones legales vigentes y recuerda que esta medida comprende exclusivamente a la provincia de Arequipa.