21/07/2026
📌Ref.: RVM N.° 071-2024-MINEDU y su modificatoria, RVM N.° 075-2025-MINEDU.
Oficio Múltiple N.° 00091-2026-MINEDU/SPE-OPEP-UPP.
A los(as) directores(as) de las instituciones educativas públicas y de convenio con al menos un servicio educativo polidocente completo, polidocente incompleto o multigrado de Educación Básica Regular (EBR), Educación Básica Alternativa (EBA), Educación Básica Especial (EBE) y Educación Técnico-Productiva (ETP) de la jurisdicción de la UGEL Pichanaki, se les comunica lo siguiente:
Se da inicio al Proceso de Racionalización de Plazas Directivas, Jerárquicas, Docentes y Auxiliares de Educación 2026, conforme a lo establecido en la RVM N.° 071-2024-MINEDU y su modificatoria, RVM N.° 075-2025-MINEDU, normas técnicas que regulan las disposiciones para el proceso de racionalización en el marco de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial.
Se exhorta a los(as) directores(as) a actualizar oportunamente la información de matrícula en el SIAGIE, registrando todas las matrículas y los retiros pendientes dentro del plazo establecido por el Ministerio de Educación, a fin de contar con información confiable para el desarrollo del proceso de racionalización. La fecha de corte para la UGEL es el 05 de agosto de 2026.
Las instituciones educativas que cuenten con personal nombrado deberán conformar o ratificar su Comisión de Racionalización (CORA), conforme al numeral 5.4.2 de la RVM N.° 071-2024-MINEDU, remitiendo oportunamente el acto resolutivo correspondiente a la CORA de la UGEL Pichanaki.
Las instituciones educativas deberán remitir a la CORA de la UGEL Pichanaki la información técnica y sustentatoria que les sea requerida, incluyendo los informes de flexibilidad, aforo de aulas u otros documentos que respalden situaciones excepcionales, conforme a los criterios establecidos en la normativa vigente.
El personal que presente problemas de salud, debidamente acreditados mediante informes médicos emitidos por EsSalud o el MINSA, que evidencien impedimento para desarrollar labores pedagógicas en aula, será evaluado conforme a las disposiciones establecidas en la RVM N.° 071-2024-MINEDU y su modificatoria.
Se recuerda a los(as) directores(as) brindar las facilidades necesarias durante el proceso de verificación de la información por parte de la Comisión de Racionalización de la UGEL Pichanaki, garantizando la veracidad de los datos registrados en los sistemas oficiales.
La información remitida tendrá carácter de declaración jurada, siendo responsabilidad del director(a) de la institución educativa la veracidad y oportunidad de los datos proporcionados, en estricto cumplimiento de la normativa vigente.
* Incluye al Centro Rural de Formación en Alternancia (CRFA).
Pichanaqui, 21 de julio de 2026.
Atentamente,
Comisión de Racionalización
Unidad Ejecutora Educación Pichanaki
“Transparencia y buen trato para todos”
Consultas al cel.: 948 943 280