12/07/2026
YA ESTAN LOS REQUISITOS PARA ELECCIÓN DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE CENTROS POBLADOS
📢 ¿CUÁNTO GANARÁN EL FUTURO ALCALDE Y LOS REGIDORES DE VILLA MONTE LIMA? 🇵🇪💼
Mucho se comenta sobre las próximas autoridades de nuestra Municipalidad Delegada de Villa Monte Lima (Ignacio Escudero, Sullana). Por ello, compartimos información oficial basada estrictamente en las leyes vigentes de nuestro país:
💰 EL ALCALDE DE VILLA MONTE LIMA:
El futuro alcalde SÍ percibirá un ingreso mensual (dieta).
📑 La Ley: Según la Ley N.° 31970, los alcaldes de centros poblados tienen derecho a percibir una dieta mensual equivalente a la que cobra un regidor de su municipalidad distrital.
💵 El monto: Su dieta será exactamente igual a la que perciba un regidor de la Municipalidad Distrital de Ignacio Escudero. (Suele promediarse, según presupuestos institucionales, en montos referenciales de S/ 1,000 a S/ 1,500 mensuales).
🏦 Financiamiento: Este pago es cubierto directamente con las transferencias de recursos obligatorias que realiza el municipio distrital.
👥 LOS REGIDORES DE VILLA MONTE LIMA:
Los futuros regidores de la Villa ganarán S/ 0.00 soles (Ad honorem).
📑 La Ley: La Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.° 27972) estipula que la labor de los regidores delegados en centros poblados es netamente comunitaria, vecinal y de fiscalización. La ley otorgó el beneficio de la dieta exclusivamente al cargo de alcalde, por lo que los regidores no cuentan con sueldo ni asignación presupuestal por sus funciones.
📌 DATO VECINAL: Las municipalidades delegadas como Villa Monte Lima dependen del presupuesto descentralizado para el mantenimiento de servicios públicos.