Contribuir a la solución de problemas estudiantiles que resulten de conflictos
con otros miembros de la comunidad universitaria o con instancias
reglamentarias de la Institución. Complementar de manera ágil procedimientos establecidos
reglamentariamente con el fin de atender, por la vía informal, situaciones
conflictivas entre los estudiantes y los demás integrantes de la comunidad
universitaria.
Procurar que los estudiantes reciban un trato justo y razonable en sus
relaciones con las autoridades y funcionarios universitarios, sirviendo como
asesor, mediador, intercesor y conciliador entre los estudiantes y los demás
integrantes de la comunidad universitaria. Servir de consultor con respecto a la planificación, el desarrollo o la
implantación de normas o procedimientos que tienen impacto en la vida
estudiantil. A estos efectos, el Procurador Estudiantil será invitado
permanente con voz al Senado Académico y podrá asistir al Comité de
Asuntos Estudiantiles, y a los comités que el Senado Académico disponga. Recomendar cambios normativos o de prácticas, con el fin de mejorar la
convivencia universitaria. Orientar, educar y asesorar activamente sobre los derechos, deberes y
políticas institucionales. Esta función la realizará por medios convencionales
y digitales como de forma individual y masiva. Atender a cualquier miembro de la comunidad universitaria, siempre y
cuando traiga una situación que tenga que ver con estudiantes o se relacione
con la vida estudiantil. Dar seguimiento para procurar que se resuelvan las situaciones. Atender reclamos de represalias de las partes que reciban o participen de los
servicios de la Procuraduría. Establecer un horario de oficina flexible que garantice el acceso a sus
servicios. Burgos Rivera, ADR
Procurador Estudiantil Interino