21/05/2026
Salud Pública deberá informar sobre centro de rehabilitación de adicciones de Piribebuy
(Redacción: Prensa – Dirección de Comunicación). A instancias del diputado Carlos María López (PLRA-Cordillera), el pleno de la Cámara de Diputados, Sobre Tablas, aprobó un proyecto de resolución “Que pide informe al Poder Ejecutivo --Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social (MSPyBS) -- respecto al programa desarrollado por la División de Tratamiento Residencial Especializada (DITRES), en la ciudad de Piribebuy, Departamento de Cordillera”
El pedido legislativo se fundamenta en la necesidad de contar con información precisa, actualizada y documentada sobre el funcionamiento del Centro Residencial de Deshabituación y Rehabilitación de Adicciones, dependiente del Centro Nacional de Prevención y Tratamiento de Adicciones (CENPTRA), instancia técnica del MSPyBS.
Dicho centro forma parte del Plan de Acción SUMAR impulsado por el Gobierno Nacional, orientado a la atención integral de personas con trastornos por consumo de sustancias.
La iniciativa tiene por finalidad ejercer el control constitucional que compete al Poder Legislativo, a fin de evaluar la eficacia de las políticas públicas implementadas en materia de prevención, tratamiento y rehabilitación de adicciones, así como verificar las condiciones en las que se desarrolla la atención a los pacientes y los resultados obtenidos en los procesos de reinserción social y familiar.
En ese contexto, se requiere al MSPyBS que, por intermedio de las dependencias competentes, remita un informe detallado sobre la fecha de habilitación del centro, sus líneas de acción y los resultados alcanzados desde su puesta en funcionamiento.
También la cantidad de pacientes internados, los tipos de tratamientos, terapias y mecanismos de contención implementados; así como la capacidad instalada del albergue, y las condiciones de infraestructura disponibles para la permanencia de los usuarios.
Asimismo, se solicita informar acerca de la cantidad y nómina de profesionales que integran el equipo terapéutico, incluyendo sus respectivas especializaciones, el periodo establecido para el tratamiento integral de los pacientes con miras a su reinserción familiar y social; y la cantidad de personal administrativo con detalle de las funciones que desempeñan.
De igual manera, el requerimiento incluye la identificación de las instituciones públicas que brindan apoyo al programa, especificando la naturaleza y alcance de su contribución en el marco de las acciones desarrolladas por el centro.
Finalmente, se establece que el informe solicitado deberá ser remitido a la Cámara Baja en un plazo de quince días, conforme a lo dispuesto en la normativa vigente, a fin de posibilitar su correspondiente análisis institucional.
➕ INFO en: diputados.gov.py