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¿Quienes están obligados a llevar contabilidad?Esto lo establece el Codigo de Comercio de El Salvador en el siguiente ar...
25/02/2026

¿Quienes están obligados a llevar contabilidad?
Esto lo establece el Codigo de Comercio de El Salvador en el siguiente articulo:
Art. 437.- LOS COMERCIANTES INDIVIDUALES CON ACTIVO INFERIOR A LOS DOCE MIL DÓLARES
DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, LLEVARÁN LA CONTABILIDAD POR SÍ MISMOS O POR PERSONAS
DE SU NOMBRAMIENTO. (16) (20)
SI EL COMERCIANTE NO LA LLEVARE POR SÍ MISMO, SE PRESUMIRÁ OTORGADO EL
NOMBRAMIENTO POR QUIEN LA LLEVE, SALVO PRUEBA EN CONTRARIO. (16)
SIN EMBARGO, LOS COMERCIANTES INDIVIDUALES CUYO ACTIVO EN GIRO SEA IGUAL O
SUPERIOR A DOCE MIL DÓLARES Y LOS COMERCIANTES SOCIALES EN GENERAL, ESTÁN OBLIGADOS
A LLEVAR SU CONTABILIDAD POR MEDIO DE CONTADORES, DE EMPRESAS LEGALMENTE AUTORIZADAS,
BACHILLERES DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN O TENEDORES DE LIBROS, CON TÍTULOS
RECONOCIDOS POR EL ESTADO, DEBIENDO ESTOS DOS ÚLTIMOS ACREDITAR SU CALIDAD DE LA FORMA
COMO ESTABLECE EL ART. 80 DEL REGLAMENTO DE APLICACIÓN DEL CÓDIGO TRIBUTARIO(8) (16) (20)

¿Sabias que?Para modificar una declaración ya presentada, sea esta IVA, pago a cuenta o renta, puedes modificarla hasta ...
24/02/2026

¿Sabias que?
Para modificar una declaración ya presentada, sea esta IVA, pago a cuenta o renta, puedes modificarla hasta dos años después según Art. 105 del código tributario.

Esto permite que si por casualidad no te incluiste algún documento en IVA puedas declararlo con posterioridad modificando la declaración hasta dos años después.
Síguenos para saber más.

¿SABIAS QUE?Si estas inscrito como contribuyente de IVA pero no has operado en años o reportas a cero tus declaraciones ...
18/02/2026

¿SABIAS QUE?
Si estas inscrito como contribuyente de IVA pero no has operado en años o reportas a cero tus declaraciones de IVA pero en alguna ocasión trabajaste para una empresa y te pagaron por honorarios y te reportaron como ingreso código 11 en el F910 que es el informe de retenciones de renta; te va a generar inconsistencia en Hacienda y en tu declaración de renta, lo cual, es posible que te notifiquen porque tus ingresos en renta no corresponden con los de IVA.
Quieres más información o ayuda al respeto.
Contactanos.

¿SABIAS QUE?Puedes inscribirte en IVA como persona natural en línea de forma rápida y sencilla.Visita el siguiente enlac...
12/02/2026

¿SABIAS QUE?
Puedes inscribirte en IVA como persona natural en línea de forma rápida y sencilla.
Visita el siguiente enlace o contactanos para ayudarte.

Conoce los pasos para realizar tu inscripción en IVA como persona natural. Es un proceso rápido y sencillo. Para más información ingresa a www.mh.gob.sv.

¿SABIAS QUE?En tu declaración de renta puedes deducirte gastos médicos hasta por $800 los cuales pueden ser tuyos o de t...
11/02/2026

¿SABIAS QUE?
En tu declaración de renta puedes deducirte gastos médicos hasta por $800 los cuales pueden ser tuyos o de tu grupo familiar, pero solo uno de los cuales puede hacerlo a menos que entre todos no lleguen a ese límite,.
De igual manera puedes deducirte hasta $800 de colegiaturas tuyas o de tu grupo familiar e igual restricción que el párrafo anterior.
Esto aplica para las personas que obtuvieron rentas diversas el año pasado o sea salario más otros ingresos como honorarios por ejemplo y deben ser comprobable contra facturas o recibos si se lo solicita Hacienda.
En cambio para los que recibieron solo salario pero sus ingresos no sobrepasa los $9,100 tienen derecho a una deducción automática en su declaración de renta de $1,600 de gastos qué no es necesario comprobación.

¿Sabias que?🤔Si recibiste una casa o terreno en donación debes reportarla en el Informe de Ganancia de Capital según for...
06/02/2026

¿Sabias que?🤔
Si recibiste una casa o terreno en donación debes reportarla en el Informe de Ganancia de Capital según formulario F944, pero como monto exento de renta..... Y si has vendido una casa 🏠que recibiste en donación; el costo💲 de esa operación es cero, por lo tanto deberías pagar el 10% sobre la Ganancia total ; a menos que, le hayas realizado mejoras al inmueble, entonces si te lo puedes deducir del monto de la venta.
Aunque recuerda que la venta de la primera casa de habitación es EXENTA de renta.😁
Síguenos si quieres más consejos o consultas. 👇

04/02/2026

¿Sabias que?🤔
Ya esta disponible la declaración de renta F11 2025 en el portal del Ministerio de Hacienda para todos los asalariados y los que reciben rentas diversas (salario y honorarios).
Con la presentación del informe de retenciones F910 por parte de todas las empresas que han pagado y retenido a sus empleados y colaboraradores, el pasado 2 de febrero"; ya se puede visualizar en el portal de Hacienda los ingresos que te han reportado.
Si no te aparece la información pregunta en tu empresa porque no te aparece.
Presentar esta declaración es fácil teniendo la clave para acceder al portal, si quieres saber como hacerlo o que te corresponde deducirte como gastos, nosotros te ayudamos.
Recuerda!!!!
Qué si has presentado declaración anteriormente, estas obligado seguir presentando, aunque no hayas tenido ingresos el año pasado.

¿Sabias que?Las empresas que tuvieron ingresos iguales o superiores a 2,753 salarios mínimos o sea 1,125,426.4 dólares, ...
29/01/2026

¿Sabias que?
Las empresas que tuvieron ingresos iguales o superiores a 2,753 salarios mínimos o sea 1,125,426.4 dólares, están obligados a presentar el informe F987 ante Hacienda, reportando sus ventas y compras a clientes y proveedores del segundo semestre 2025 según el art. 125 del Código Tributario; a más tardar este 2 de febrero de. 2026
El incumplir esta obligación ocasiona una multa según art.241 literal k) del Código Tributario :
SANCIÓN: MULTA DEL CERO PUNTO UNO POR CIENTO SOBRE EL PATRIMONIO O CAPITAL CONTABLE QUE FIGURE EN EL BALANCE GENERAL MENOS EL SUPERÁVIT POR REVALÚO DE ACTIVOS NO REALIZADO, LA QUE NO PODRÁ SER INFERIOR A CUATRO SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES.

28/01/2026

💻 Olvídate de las filas y los traslados. Con el Banco Central de Reserva puedes realizar tus trámites estadísticos en línea, de forma rápida y segura. Hazlo desde donde estés: https://bit.ly/46lIm27

Les comparto otra obligación formal a cumplir ante el Ministerio de Hacienda en este mes y con vencimiento el 2 de febre...
28/01/2026

Les comparto otra obligación formal a cumplir ante el Ministerio de Hacienda en este mes y con vencimiento el 2 de febrero.
El no cumplir con esta obligación formal en tiempo genera multa según el Art. 241 del Código Tributario literal h) que dice textualmente:
NO REMITIR, REMITIR EN FORMA EXTEMPORÁNEA, O REMITIR SIN CUMPLIR CON LAS
ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 124 DE ESTE CÓDIGO A LA
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA, EL INFORME SOBRE DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES O
EL LISTADO DE LAS PERSONAS QUE TENGAN LA CALIDAD DE SOCIO, ACCIONISTA O
COOPERADO.
SANCIÓN :
MULTA DEL CERO PUNTO UNO POR CIENTO SOBRE EL
PATRIMONIO O CAPITAL CONTABLE QUE FIGURE EN EL BALANCE GENERAL MENOS EL
SUPERÁVIT POR REVALÚO DE ACTIVOS NO REALIZADO, LA QUE NO PODRÁ SER
INFERIOR A TRES SALARIOS MÍNIMOS MENSUALES.

Dirección

San Salvador
71189226

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