28/08/2026
LA FICCIÓN DEL “PUEBLO” Y LAS CIVITAS INCONCLUSAS
De la Utopía Autocrática a la Reconstrucción Republicana (1500–2026)
Al abordar el presente ensayo, se pretende examinar la evolución del concepto de "pueblo” en la historiografía y el derecho constitucional hispanoamericano desde la era virreinal hasta las primeras décadas del siglo XXI. Analizar cómo la ruptura del orden imperial impuso un modelo de Estado falto de una identidad cívica previa, el cual sustituyó la soberanía individual por la invocación performativa de un “pueblo” abstracto. A través de las tesis de Carlos Rangel, Laureano Vallenilla Lanz y J.L. Austin, se desglosa la continuidad entre el constitucionalismo vitalicio de 1826 y la ingeniería del Estado Comunal (2010–2026), proponiendo la restitución del Municipio autónomo y el mérito administrativo como ejes para la reconstrucción de la Civitas.
Palabras clave: Derecho Constitucional, Historiografía Hispanoamericana, Cesarismo Democrático, Actos de Habla, Estado Comunal, Carlos Rangel.
I. LA GRIETA ONTOLÓGICA Y LA GÉNESIS DEL MITO NACIONAL
La construcción del Estado-nación en Hispanoamérica adolece de una discontinuidad fundacional. A diferencia del proceso europeo, donde la institucionalidad estatal codificó unidades culturales y lingüísticas maduradas secularmente, la independencia hispanoamericana constituyó una operación jurídica “desde arriba” (top-down), en la que las fronteras republicanas se trazaron sobre la división administrativa virreinal mediante el principio del uti possidetis juris [1].
Al abjurar de la matriz hispánica e institucional —caracterizada por la tradición del Derecho Indiano, los fueros y la representación patricia en los Cabildos [2]—, las élites criollas adoptaron la Leyenda Negra como dogma historiográfico.
IDENTIDAD Y ALINEACIÓN HISTÓRICA HISPANOAMERICANA
La pretendida “libertad lograda a sangre y fuego” ha funcionado históricamente como una épica sustitutiva: un mito fundacional militarizado proyectado para encubrir la ausencia de un pacto social orgánico y la fragilidad del concepto de ciudadanía en Hispanoamérica.
LA NACION INVENTADA DESDE ARRIBA
A diferencia de los procesos donde la identidad cultural y comunitaria precedió a la edificación del Estado, las repúblicas hispanoamericanas surgieron de la fragmentación de las demarcaciones administrativas del Imperio Español (Reales Audiencias y Capitanías Generales). Los nuevos Estados no nacieron de una madurez cívica previa, sino de la urgencia de las élites locales por legitimar el poder tras el colapso monárquico:
Superposición de modelos extraños: Se importaron acríticamente arquitecturas constitucionales inspiradas en el republicanismo francés y el federalismo anglosajón, desconectadas de la realidad sociológica local.
Del vasallaje al clientelismo: El habitante común no transitó orgánicamente de vasallo de la Corona a ciudadano con deberes y derechos del Estado moderno, sino a masa de maniobra subordinada al caudillo militar de turno.
GEOPOLITICA DEL DESARRAIGO Y LA ALIENACION HISTÓRICA
La desintegración del orden virreinal no culminó en una soberanía plena, sino en el traspaso de la dependencia hacia las hegemonías comerciales e ideológicas de los imperios inglés, estadounidense o francés, etcétera. Esta transición consolidó dos distorsiones estructurales:
Renuncia al pasado propio: Al asumir sin beneficio de inventario la narrativa histórica de las potencias rivales de España, la región renegó de tres siglos de su propia formación social, cultural y jurídica, quedando en una especie de orfandad historiográfica.
El heroísmo como sustituto del civismo: La identidad nacional se redujo a la liturgia de la victoria militar, la estatuaria heroica y el culto a los libertadores, sustituyendo la educación cívica, el respeto a la ley y la construcción de instituciones profesionales por el dogma patriótico.
LA CONSECUENCIA CONTEMPORÁNEA: LA CIUDADANIA INCONCLUSA
Al fundar la legitimidad política en el mito de la liberación armada y no en el desarrollo institucional, las sociedades hispanoamericanas han carecido de un ancla identitaria sólida. Sin un concepto claro de ciudadanía basado en la responsabilidad individual, la propiedad meritocrática y la continuidad del Estado de derecho, el espacio público queda expuesto periódicamente al mesianismo político y a la tutela autocrática.[3].
La propuesta historiográfica de María Elvira Roca Barea —articulada en obras como Imperiofobia y Leyenda Negra y Fracasología— constituye un ejercicio indispensable de “sutura histórica“: devolverle a la América hispánica la noción de un hilo histórico continuo y extenso que fue amputado por la historiografía decimonónica y las narrativas geopolíticas rivales.
LA SUPERACIÓN DE LA MUTILACIÓN TEMPORAL
El relato político tradicional instaló la premisa de que la historia republicana comenzó realmente en 1810, reduciendo los tres siglos previos a un “paréntesis colonial” o a una etapa estéril. Roca Barea demuestra que esa cesura artificial despojó a la sociedad de su verdadera filiación civilizatoria.
Al romper el hilo narrativo, se desvinculó a Hispanoamérica de la matriz jurídica del derecho romano, del municipalismo ibérico y de la filosofía escolástica que estructuraron las instituciones indianas durante más de tres centurias.
DE LA "FACTORÍA VIRREINAL" A LA MONARQUÍA POLICENTRICA
Reconstruir la continuidad permite reinterpretar la naturaleza de los Reinos de Indias. En lugar de colonias extractivas destinadas a la mera explotación, el análisis estructural revela la
existencia de reinos y provincias integrados a una Monarquía Compuesta o policéntrica. Esta perspectiva desmonta la retórica del victimismo histórico, permitiendo comprender que la fundación de ciudades, cabildos, hospitales, universidades y códigos de buen gobierno no fueron imposiciones pasivas, sino realizaciones de los propios habitantes de estas tierras en el marco de la Civitas.
EL CIMIENTO DE IDENTIDAD AUTÉNTICA
Construir una identidad consciente exige asumir la totalidad del devenir histórico sin censuras pedagógicas. La aproximación de Roca Barea invita a comprender que la lengua, el derecho indiano, el mestizaje y la arquitectura institucional no son rezagos de un dominador externo, sino los elementos constitutivos de la personalidad hispanoamericana.
Restablecer la continuidad del relato no implica la apología acrítica del pasado virreinal, sino la recuperación de la soberanía sobre la propia memoria. Una sociedad solo alcanza la madurez cívica cuando reconoce la extensión completa de su trayectoria histórica, desprendiéndose de las caricaturas ideológicas que limitan su comprensión del presente.
Como desnudó Carlos Rangel en Del buen salvaje al buen revolucionario (1976), este repudio generó una neurosis victimista: la sustitución del desarrollo cívico y de la responsabilidad histórica por la imputación de una culpa externa perpetua [4].
Del mito del “Buen Salvaje” prístino e inocente se derivó la figura del «Buen Revolucionario», legitimado para ignorar la legalidad positiva en nombre de una reparación histórica mesianica.
II. DEL CONSTITUCIONALISMO VITALICIO AL ESTADO COMUNAL (2010–2026)
La incoherencia estructural del republicanismo hispanoamericano se formalizó en el Discurso al Congreso Constituyente de Bolivia de 1826. Al calificar las elecciones directas como “el grande azote de las repúblicas”, Simón Bolívar proyectó una estructura autocrática revestida de lenguaje ilustrado: la Presidencia Vitalicia y el cuerpo de Censores [5].
Este sesgo anti-institucional se proyecta en el siglo XXI a través del desmontaje de la arquitectura constitucional de 1999 [6]. Mediante las Leyes Orgánicas del Poder Popular (2010–2026), el Ejecutivo centralizó el poder político mediante la figura del Estado Comunal, generando fracturas constitucionales severas.
La apelación al “Poder Popular” ha operado de manera idéntica a la Presidencia Vitalicia de 1826: suspendiendo los contrapesos normativos bajo la consigna de tutelar a la sociedad frente a la anarquía o la agresión externa.
III. PRAGMÁTICA DEL LENGUAJE POLÍTICO
La imposición de este orden se comprende mediante la teoría de los actos de habla formulada por J.L. Austin (How to Do Things with Words, 1962). El discurso autoritario utiliza enunciados performativos que pretenden refundar la realidad institucional al margen de las condiciones de realizabilidad [7]:
Descalificación performativa: El término «Pueblo» deja de designar la totalidad de los ciudadanos (artículo 5 constitucional) y se reduce discursivamente al sector afín al régimen, excluyendo a los disidentes bajo la etiqueta de «anti-patria».
Institucionalización del Cesarismo: La tesis del Cesarismo Democrático de Laureano Vallenilla Lanz (1919) justificó la dictadura argumentando que la voluntad popular no reside en las urnas, sino en el autócrata o «Gendarme Necesario» [8].
Desmantelamiento de la meritocracia: Intelectuales críticos como José Rafael Pocaterra (1927) y Mario Briceño Iragorry (1952) advirtieron que la devaluación del trabajo intelectual y el apego a la norma sustituyó la carrera administrativa por el vasallaje político [9], derivando en la ruina de la gestión pública.
IV. HACIA LA RECONSTRUCCIÓN DE LAS CIVITAS
La reconstrucción de la República requiere superar la ontología del ““Buen Revolucionario” mediante la articulación de cuatro pilares doctrinarios:
Desmitificación Historiográfica: Integración consciente de la herencia virreinal y republicana sin deformaciones ideológicas.
Supremacía Constitucional y Voto Directo: Restablecimiento del sufragio universal, directo y secreto como única fuente legítima de soberanía, garantizando la inviolabilidad del derecho de propiedad.
Restitución del Municipio Autónomo: Recuperación de la célula municipal (artículo 168) como garante de la descentralización fiscal y política.
Institucionalización Meritocrática: Profesionalización de la burocracia estatal mediante concursos públicos de oposición e idoneidad técnica.
LA DECONSTRUCCION DE LA IDENTIDAD HISPANOAMERICANA
Comprender este derrotero histórico resulta indispensable para descifrar la fragilidad institucional que aún hoy padecemos. A guisa de conclusión sobre este proceso, podemos señalar que la formación del Estado-nación en el siglo XIX exhibe una divergencia ontológica fundamental: mientras que en Europa el Estado moderno emergió en gran medida como la cristalización política de un proceso histórico, cultural y sociológico previo, en Hispanoamérica el Estado surgió como una cáscara jurídica previa a la existencia de la nación, la cual debió ser inventada desde arriba para llenar el vacío dejado por la Monarquía Hispánica.
1. EL ORDEN HISTÓRICO: MATURACION ORGÁNICA VS. IMPOSICION TOP-DOWN
El modelo europeo: La construcción estatal en Europa —sea la centralización secular francesa o la unificación cultural alemana e italiana— descansó sobre identidades lingüísticas, etnohistóricas y memorias compartidas consolidadas a lo largo de siglos. El Estado actuó como el codificador institucional de una colectividad sociológicamente preexistente.
El caso hispanoamericano: Tras el colapso del orden imperial, las élites republicanas delimitaron fronteras basadas arbitrariamente en las antiguas demarcaciones administrativas coloniales (uti possidetis juris). Al no existir un sentimiento nacional preconcebido en la población, las oligarquías criollas intentaron forjar una «conciencia nacional» artificial para justificar las nuevas divisiones políticas.
2. LA FUENTE DE LEGITIMIDAD: CONTRATO BUROCRÁTICO VS. MISTICISMO MILITAR
Europa y el contrato institucional: La consolidación europea combinó la expansión del capitalismo industrial, la emergencia de la burguesía y la formalización de una burocracia civil profesional (el Estado weberiano). La legitimidad política se desplazó paulatinamente hacia el respeto a la ley y el ensanchamiento del pacto fiscal y parlamentario.
Hispanoamérica y la sacralización de las armas: La independencia lograda a “sangre y fuego” convirtió la violencia armada en la fuente originaria y casi exclusiva de legitimidad política. La figura del ciudadano fue opacada por la sacralización del caudillo. Las repúblicas no se fundaron sobre la continuidad administrativa civil, sino sobre el culto al héroe militar, transformando al ejército en el fundador y árbitro supremo del Estado.
3. COHERENCIA HISTORIOGRÁFICA E IMPORTANCIA MODÉLICA
Europa: Los Estados decimonónicos europeos, aun en sus rupturas revolucionarias, reabsorbieron sus propias tradiciones normativas, fueros y parlamentarismos históricos, preservando una continuidad en la cultura jurídica.
Hispanoamérica: Las élites locales abjuraron de tres siglos de historia virreinal mediante la adopción acrítica de la Leyenda Negra. Al rechazar su propia matriz sociológica, importaron esquemas ajenos —el federalismo anglosajón o el centralismo jacobino francés, etcétera—. El resultado fue la consagración de la “constitución de papel”: una arquitectura jurídica formal e inoperante que coexistió de hecho con el absolutismo caudillista.
4. LA CONFIGURACIÓN VS. EXCLUSIÓN CLIENTELAR SOCIAL: INTEGRACION GRADUAL
Europa: La ciudadanía se expandió de forma progresiva, impulsada por la urbanización, la escolarización masiva y la incorporación contractual del estamento trabajador en la estructura estatal.
Hispanoamérica: La abstracción del “pueblo” sirvió para encubrir una exclusión profunda. Bajo la consigna decimonónica de “civilización o barbarie”, se marginó a la mayoría indígena, afrodescendiente y rural. Sin una administración pública meritocrática, la relación entre el individuo y el Estado se estructuró a través del patronazgo, el clientelismo y la lealtad personal hacia el jefe político de turno.
La tragedia originaria del Estado-nación hispanoamericano radicó en pretender edificar instituciones modernas sobre el repudio a su propio pasado y la sacralización de la violencia bélica. Al sustituir el desarrollo cívico y la meritocracia profesional por la liturgia militar y la copia de modelos extranjeros, los Estados resultantes quedaron marcados por una fragilidad identitaria estructural, donde la legalidad suele concebirse como un instrumento de dominación contingente y no como un pacto de convivencia inalterable.
Gustavo A. Domínguez M.
Barcelona, 28 de agosto de 2026
Notas a Pie de Página
[1] El principio de uti possidetis juris (“como poseíais, seguiréis poseyendo”) fijó las fronteras republicanas de 1810 sobre las antiguas demarcaciones de las Virreinatos, Capitanías Generales y Reales Audiencias del Imperio Español, fragmentando la unidad continental.
[2] Los Cabildos representaron el espacio corporativo de autogobierno local en el marco del Derecho Indiano, constituyendo la principal fuente de resistencia y posterior reasunción de la soberanía tras las abdicaciones de Bayona en 1808.
[3] Véase Roca Barea, María Elvira (2016). Imperiofobia y Leyenda Negra. Ediciones Siruela. La autora analiza cómo las repúblicas nacientes asumieron el discurso hispanofóbico europeo para justificar la ruptura política, castrando su propia memoria histórica.
[4] Rangel, Carlos (1976). Del buen salvaje al buen revolucionario. Monte Ávila Editores. Rangel desglosa la transición del mito del salvaje prístino al militante revolucionario como coartada para el subdesarrollo.
[5] Bolívar, Simón (1826). Discurso al Congreso Constituyente de Bolivia. El proyecto constitucional consagró un Ejecutivo perpetuo con capacidad de designar sucesor y un cuerpo de Censores Vitalicios encargados del tutelaje moral y político.
[6] Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999). Gaceta Oficial N.º 5.453 Extraordinario del 24 de marzo de 2000.
[7] Austin, John Langshaw (1962). How to Do Things with Words. Oxford University Press. Austin define los actos de habla realizativos y las condiciones de legitimidad institucional que los validan o invalidan.
[8] Vallenilla Lanz, Laureano (1919). Cesarismo Democrático: Estudio sobre las bases sociológicas de la constitución efectiva de Venezuela. Empresa El Cojo.
[9] Pocaterra, José Rafael (1927). Memorias de un venezolano de la decadencia; Briceño Iragorry, Mario (1952). Mensaje sin destino. Ambos autores impugnaron el fatalismo positivista y defendieron la necesidad de la virtud civil sobre la fuerza militar.
Referencias Bibliográficas
Austin, J. L. (1962). How to Do Things with Words. Oxford: Clarendon Press.
Bolívar, S. (1826). Discurso del Libertador al Congreso Constituyente de Bolivia. Lima: Imprenta del Estado.
Briceño Iragorry, M. (1952). Mensaje sin destino. Caracas: Ediciones Edime.
Pocaterra, J. R. (1927). Memorias de un venezolano de la decadencia. Bogotá: Talleres de la Nación.
Rangel, C. (1976). Del buen salvaje al buen revolucionario. Caracas: Monte Ávila Editores.
Roca Barea, M. E. (2016). Imperiofobia y Leyenda Negra: Roma, Rusia, Estados Unidos y el Imperio español. Madrid: Siruela.
Vallenilla Lanz, L. (1919). Cesarismo Democrático. Caracas: Empresa El Cojo.
Venezuela. (1999). Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Gaceta Oficial N.º 5.453 Extraordinario.
Venezuela. (2010). Ley Orgánica de las Comunas. Gaceta Oficial N.º 6.011 Extraordinario.